Nuevo freno de la Justicia a la Reforma Laboral

Un fallo suspendió la norma que declaraba esencial la docencia y limitaba el derecho de huelga.

El Juzgado Nacional del Trabajo número 74 resolvió suspender de manera provisoria la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que declaraba a la educación como servicio esencial. La medida dejó sin efecto la disposición que restringía el derecho de huelga de los docentes al imponer la obligación de garantizar un 75% de presencialidad durante las medidas de fuerza.

La acción judicial fue impulsada por la Unión Docentes Argentinos, que celebró la decisión y sostuvo que lo esencial es “garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no limitar derechos colectivos que buscan resguardar esas condiciones”.

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