Revés judicial contra Caputo por el precio de los combustibles

La Justicia vuelve a obligar a las petroleras a informar los aumentos, exigencia que el Gobierno nacional había eliminado.

La Justicia Federal declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que había eliminado el sistema estatal de información en línea sobre los precios de los combustibles. La decisión judicial se basó en que la medida implicó un retroceso injustificado en la protección de los consumidores y vulneró el derecho constitucional a recibir información “adecuada y veraz”.

El fallo, firmado por el juez Alejo Ramos Padilla, hizo lugar a la acción colectiva interpuesta por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). La entidad cuestionó la decisión del Gobierno de derogar la Resolución 314/2016, norma que obligaba a las estaciones de servicio a informar al Estado, dentro de las ocho horas, cualquier modificación en los precios de naftas, gasoil y GNC.

Para el magistrado, la Administración eliminó ese sistema sin implementar otro mecanismo que garantizara un nivel equivalente de protección. “La desregulación no autoriza a disminuir la protección al consumidor y el Estado no ha demostrado que el nuevo sistema brinde una tutela mejor o equivalente al sistema derogado”, afirmó el fallo.

La resolución en cuestión había sido dictada en el marco del plan de desregulación estatal que impulsa la administración de Javier Milei. El Ministerio de Economía había argumentado que la información sobre los precios continuaba disponible a través de aplicaciones, páginas web de las petroleras y directamente en las estaciones de servicio, por lo que consideró innecesario mantener la obligación administrativa.

Sin embargo, el juez rechazó ese argumento. Según explicó, el derecho previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional no se satisface simplemente porque la información exista en distintos lugares. “El deber constitucional de proveer información adecuada y veraz no se agota en la mera existencia fáctica de información dispersa en el mercado”, sostuvo Ramos Padilla. A esto, agregó que el Estado tiene “un deber positivo de organizar mecanismos que permitan a los consumidores acceder a información cierta, objetiva, comparable y fácilmente accesible”.

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