Revés judicial para Stornelli: rechazan su pedido para frenar el observatorio contra la desinformación

El observatorio Nodio es un organismo aún en formación que busca prevenir la publicación de información falsa. La medida cautelar solicitada por el fiscal para impedir su puesta en marcha fue rechazada por la jueza María Eugenia Capuchetti.

La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó un planteo a través del fiscal Carlos Stornelli, quien había solicitado el dictado de una medida cautelar para impedir la puesta en marcha del observatorio Nodio.

El Nodio es un organismo aún en etapa de formación, presentado el 8 de octubre por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual como un observatorio dedicado a registrar, analizar y prevenir el caudal de informaciones y contenidos maliciosos y falsos en los medios de comunicación masivos y cuya dirección estará a cargo de la periodista Miriam Lewin.

En la resolución la magistrada señala que en la presentación del fiscal “no se verifica, más allá de las formulaciones genéricas e invocaciones a normas de distinta jerarquía, de qué modo concreto la creación del organismo afectaría el derecho a la libertad de expresión protegido por la Constitución Nacional” y sobre el pedido de indagatoria formulado por Stornelli contra la titular de la Defensoría, Miriam Lewin, la magistrada solicitó a ese organismo toda la documentación y normativa para la creación y puesta en funcionamiento con el objetivo de analizar si se desprende de allí la comisión de algún delito, algo que tampoco estaba demostrado en el dictamen de la fiscalía.

La jueza Capuchetti señaló además que la fiscalía no intentó “demostrar la ilegitimidad o arbitrariedad manifiesta en la creación del citado observatorio” y que “más allá de la opinión que se pueda tener sobre la creación de un organismo como el cuestionado y de cuál o cuáles deberían ser las acciones positivas que los Estados deben realizar para combatir la desinformación en línea, lo cierto es que en el estado actual en que se encuentran las cosas advierto que los perjuicios invocados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) son meramente hipotéticos y basados en una apresurada interpretación de la norma cuestionada que incluso omite individualizar”.

Stornelli “no se encuentra cuestionando una norma o un acto en particular, sino que su pretensión se dirige a evitar que cualquier organismo estatal dicte un acto administrativo que pudiera tender a llevar adelante las actividades del observatorio en cuestión, del cual tampoco puntualiza si fue creado o tan solo presentado”, señaló la magistrada, que también sostuvo que “las aisladas alegaciones que realiza el MPF referidas a que el aparato estatal se estaría arrogando la potestad de definir o calificar qué noticia o expresión pública tendría o no tal alcance malicioso no ha sido complementada con el acompañamiento de ningún elemento que evidencie siquiera hipotéticamente el perjuicio alegado”.

El desafío de abordar la problemática de la desinformación en línea que el observatorio cuestionado tendría como objetivo “es evidente y bastante común en diversas partes del mundo, pero también lo es la preocupación de la ciudadanía respecto de la forma en que se lleva a cabo este tipo de tarea, pues, a través de ese tipo de iniciativas, es posible limitar de manera indebida la libertad de expresión, extender el control del Estado sobre los medios, restringir la libertad en internet y ampliar la facultad de diversos actores de recopilar datos personales”, sostuvo la jueza en su fallo de 8 páginas, donde además destacó que el relator especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, el representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el relator especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA) realizaron la Declaración conjunta sobre la libertad de expresión y elecciones en la era digital, en la cual denunciaron que existen actos de desinformación deliberada.

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