La defensa de Makintach calificó de “innecesario” el apartamiento preventivo

Makintach se encuentra con una licencia obligada de 90 días establecida por la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires.

El defensor de la jueza Julieta Makintach calificó de “improcedente”, “innecesario” y “desproporcionado” el apartamiento preventivo ratificado por el jurado de enjuiciamiento luego del escándalo por el documental basado en el juicio por la muerte de Diego Armando Maradona.

Según el escrito, Darío Saldaño manifestó su “oposición a la procedencia de dicha medida ya que resulta improcedente, innecesaria y carente de proporcionalidad” con relación a la situación de la titular del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de San Isidro.

El abogado remarca que el apartamiento provisorio “constituye una restricción extraordinaria respecto del ejercicio de la función judicial” y que solo es admisible en casos graves que requieran dictaminar medidas cautelares para que el jury de enjuiciamiento se desarrolle correctamente.

El documento menciona que estas decisiones judiciales deben constar de tres elementos para ser adoptadas: idoneidad (capacidad de evitar un peligro concreto y cierto para el proceso), necesidad (solo si no existe otro medio menos restrictivo para lograr el objetivo) y proporcionalidad (un equilibrio referido al daño que se busca prevenir).

Makintach se encuentra con una licencia obligada de 90 días establecida por la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, por lo que no puede ejercer sus facultades como funcionaria del Poder Judicial, como, por ejemplo, “intervenir en expedientes o dictar fallos”, señala Saldaño.

A su vez, afirma que “la finalidad que se quiere perseguir con el apartamiento preventivo”, como “impedir la continuidad en el cargo para limitar posibles entorpecimientos o riesgos para el proceso disciplinario”, está “plenamente satisfecha”.

Para el letrado, la presentación de la renuncia de la magistrada, que está pendiente de aceptación o rechazo del gobernador bonaerense, Axel Kicillof, “revela la voluntad de apartarse de manera definitiva”, al tiempo que “la medida solicitada aparece como excesiva e injustificada”.

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