AFSCA y el mamarracho de dos jueces K

Dos jueces federales viunculados con el kirchnerismo de la Ciudad de Buenos Aires y de San Martín aceptaron los amparos presentados por una asociación de consumidores y una organización de comunicación popular, y dejaron sin efecto los decretos por los cuales el presidente Mauricio Macri intervino la Afsca, y desplazó a su directorio.

Los amparos fueron dispuestos por el juez federal n° 7 en lo Civil y Comercial de CABA Iván Garbarino (en la causa iniciada por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores - ADDUC) y la jueza federal n° 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns, en la causa promovida por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación  

Las medidas buscan la suspensión de todo lo actuado por el Ministerio de Comunicaciones, la intervención de Afsca y el Ente Nacional de Comunicación, en contra de la ley 26.522, tanto en lo que hace a los efectos de esa norma como a los derechos de los empleados y funcionarios desplazados por el macrismo. Ahora bien, se contraponen con lo resuelto la semana pasada por el juez federal de La Plata, Alberto Recondo, quien había rechazado un recurso de amparo contra los decretos de Macri. Ante el evidente conflicto de poderes, todo indica que la cuestión se terminará dirimiendo en la Corte Suprema de Justicia por lo que, hastan tanto el máximo tribunal no se emita al respoecto, seguiría vigente la intervención a la Afsca.

En dialogo con Hoy, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay, docente de la Universidad de Buenos Aires (UBA), sostuvo que “se deberá apelar ante la Cámara de Apelaciones antes de que todo este tema llegue a la Corte Suprema de Justicia”.

“El decreto de intervención de la Afsca y de remoción del cargo de Martín Sabbatella, es completamente constitucional, está dentro de las potestades que le da al presidente de la Nación la Constitución nacional en el artículo 99, que rige sobre las atribuciones que posee el presidente de la República donde se reglamenta que entre sus atribuciones está la de dictar decretos por razones de necesidad y urgencia. Los fallos de hoy (por ayer) están completamente en contravención con otros fallos que se habían dictado sobre el mismo tema que avalaron el decreto que había firmado el presidente Mauricio Macri. El fallo que vale es evidentemente aquel que declaró válido este decreto y que fue el primero que se dictó. Además hay una Cámara de Apelaciones que es la que debe fallar finalmente sobre el tema. Es una locura que un juez dictamine que se debe volver a tomar a todos los empleados que se habían dado de baja por el decreto que había firmado el presidente, es algo ilógico desde lo legal lo que se expresa en ese fallo”, dijo Sabsay.

Concluyó: “lo que vale es lo que falló un juez en primera instancia, que declaró válido el decreto, ya está y la primera instancia está agotada. Lo que hay que esperar ahora es que se pronuncie la Cámara, que es la apelación, pero no puede otro juez de la misma instancia fallar en el sentido contrario que había fallado un colega suyo, porque ese fallo ya no sería válido en lo más mínimo”.