Alerta por maniobras con la Defensoría del Pueblo

La institución bonaerense que se dedica a defender los derechos de la ciudadanía está en peligro a raíz de un proyecto de ley que busca convertirla en una caja política

Profunda preocupación está generando, en distintos ámbitos institucionales de la Provincia, el proyecto de ley mediante el cual se pretende modificar el mecanismo de elección del defensor del Pueblo, un organismo contemplado en la Constitución bonaerense. Concretamente, se buscaría convertir una institución que viene trabajando en la defensa de los derechos de la ciudadanía en una suerte de caja que sirva para pagar favores políticos.

La reforma es impulsada por los senadores del Bloque Peronista, Héctor Vitale y Patricio García, y actualmente está en análisis en la comisión de Asuntos Constitucionales. Altas fuentes consultadas por este diario aseguraron que el proyecto desnaturaliza la Defensoría del Pueblo, ya que incorpora figuras extrañas como los adjuntos, que en Provincia no están previstos. “El defensor es una institución de carácter unipersonal. De lo contrario se le resta fuerza a sus recomendaciones y gestiones”, explicaron.

Por otro lado, en el proyecto de García y Vitale se propone dejar de lado la forma de designación del ombudsman que tiene su mecanismo previsto en el artículo 2 de la Ley 13.834. El mismo estipula la intervención de la comisión bicameral del defensor y la anotación de candidatos, así como un sistema de impugnaciones y de publicidad que del modo propuesto por los senadores se evitaría, “lo que parece más una maniobra política que la necesidad de defender a la institución”.

La omisión legislativa de nombrar un “defensor” por medio de ese mecanismo está desde febrero de 2015 cuando culminó el mandato de Carlos Bonicatto, que fue elegido de la manera que indica la ley.

“Este tipo de cuestiones lleva a pensar que distintos sectores políticos se están peleando por un trofeo, cuando estamos hablando de una institución destinada a la defensa de los derechos de todos los habitantes de la Provincia. Y así lo establece el art. 55 de la Constitución provincial”, concluyeron las fuentes.

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