Educación en jaque en la Provincia: Ordenan borrar aplazos, eliminar compensatorios y facilitar promociones
Así lo contempla el flamante régimen académico de nivel primario, establecido por la Dirección de Escuelas para colegios públicos y privados de la Provincia. Ya no pondrán calificaciones inferiores a 4 y se dejará de usar el término “aun no satisfactorio”. Permitirán que alumnos pasen de año sin tener la totalidad de las áreas aprobadas
Sabido es que, en la mal llamada década ganada, la educación pública profundizó una crisis que se puso en marcha en los años 90 cuando, de la mano de Carlos Menem y de Eduardo Duhalde, se instrumentaron una serie de reformas que destruyeron lo que hasta ese momento era el sistema de enseñanza más avanzando del continente.
Ahora, el kirchnerismo va por la estacada final. Concretamente, inspirado en las alocadas resoluciones nacionales, como es la unidad pedagógica que prohíbe que los chicos repitan el primer año de la escuela primaria (ver página 4), se conoció una polémica resolución de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense que reduce el nivel de exigencia de la escuela pública a su mínima expresión. Este régimen también regirá para los colegios de gestión privada que dependen de la Dirección de Escuelas.
Se trata de la resolución 1057/14, firmada por Nora de Lucía y Claudio Crissio, directora general de Cultura y Educación bonaerense y vicepresidente primero del Consejo General de Cultura y Educación respectivamente, que está siendo comunicada a todas las escuelas de la Provincia. Esta normativa contempla, por ejemplo, que en el primer ciclo de la educación primaria (1º a 3 año) ya no podrá incluirse la calificación “aun no satisfactorio” para dar cuenta que un alumno ha desaprobado alguna de las áreas educativas que forman parte del diseño curricular: prácticas de lenguaje (Lengua), matemática, ciencias naturales, ciencias sociales, educación artística y educación física.
En tanto, una medida similar se implementará en el segundo ciclo (4º, 5º y 6 º año), cuyos docentes sólo podrán utilizar calificaciones numéricas de 4 a 10. Es decir, no podrán incluir en las denominadas libretas de trayectoria escolar, que reemplazarán a los tradicionales boletines (ver página 4), los números asociados tradicionalmente con los aplazos como son 1, 2 y 3.
Según la mencionada resolución, a la que tuvo acceso Hoy, en el primer ciclo la evaluación será conceptual, estableciéndose las siguientes escalas:
-Regular: categoría correspondiente a la desaprobación
-Bueno: categoría correspondiente a la aprobación
-Muy Bueno: categoría correspondiente a la aprobación
En el segundo ciclo, la calificación será numérica, en una escala del 4 al 10
-4, 5 y 6: categorías correspondientes a la desaprobación
-7, 8, 9 y 10: categorías correspondientes a la aprobación
Según pudo saber Hoy, numerosos docentes expresaron su rechazo a esta iniciativa ya que ven que encubre una forma de falsificar estadísticas oficiales de una forma muy similar a lo que hizo Guillermo Moreno durante años con el INDEC. “La calificación menor pasa a ser 4 y se inflan artificialmente los promedios de los alumnos, sin reflejar lo que realmente ocurre con su desempeño escolar”, dijeron fuentes consultadas por nuestro diario.
Eso no es todo. La normativa en cuestión también elimina el sistema de compensatorios, que se venía instrumentando para que los alumnos que son reprobados durante el año pudieran acreditar los conocimientos en dos instancias de evaluación: una que se ponía en marcha en diciembre, no bien finalizado el ciclo lectivo, y otra pocos días antes de que comenzara el año escolar. En ese sentido, según la resolución 1053/05 que fue derogada, los alumnos del segundo ciclo que obtenían entre 4 y 6 puntos en el informe final del año, debían realizar obligatoriamente el primer período de compensación, teniendo que aprobar con 7. En tanto, aquellos con una calificación inferior a 4 en su desempeño global, debían concurrir obligatoriamente a todos los períodos de compensación. Y en caso no alcanzar la calificación 7, recursaban el año.
Ahora bien, con la nueva resolución, los compensatorios pasaron denominarse “período extendido de enseñanza”. Ya no se dictará en diciembre y sólo se instrumentará en las dos semanas previas al inicio del ciclo lectivo, otorgando amplísimas facilidades para la promoción. Por ejemplo, “se postergará la acreditación del año en curso hasta el último día hábil anterior al inicio del ciclo” y se les permitirá a los alumnos de 2º a 5º (el beneficio no abarca al 6º) pasar de año teniendo hasta un área de-saprobada, algo que estaba prohibido con la normativa anterior. Sólo recursarán en caso de haber sido bochados en dos o más áreas.
La resolución no deja lugar a dudas: “En caso de que un alumno de 2º a 5º año, no logre los aprendizajes previstos y esperados en un área de las prescriptas en el diseño curricular promoverá al año siguiente debiendo formar parte de un espacio formativo específico diseñado por la institución para alcanzar los contenidos del área de los que aun no se ha apropiado, con un sistema de Promoción Acompañada”. Es más, si así y todo, al finalizar ese ciclo lectivo, el alumno aún no logra los avances suficientes en sus conocimientos, “se evaluará su permanencia en el año que cursa”.
Como si todo esto fuera poco, el nuevo régimen también contempla la posibilidad de que aquellos niños con sobre-edad escolar, que han abandonado sus estudios, que los han empezado tardíamente o que han repetido varias veces, puedan “ser matriculados en el año que corresponda a su edad biológica”.
En definitiva, si Domingo Faustino Sarmiento se levantara de su tumba, no tardaría en poner el grito en el cielo.