Multan a Maltería Pampa en $ 320,7 millones por subfacturación de exportaciones

Se debe a una investigación centrada en un reclamo por 52 exportaciones de cebada cervecera realizadas en 2015 y 2016.

La Dirección General de Aduanas (DGA) multó en $320.756.345,59 a la empresa Maltería Pampa y de esa forma dio por concluido un proceso contencioso enfocado en maniobras de subfacturación de exportaciones por parte de la firma, centrado en un reclamo por 52 exportaciones de cebada cervecera realizadas en 2015 y 2016.

Esas exportaciones salieron del país por el Puerto de Bahía Blanca, con Brasil como destino directo, aunque "en todos los casos las facturas comerciales fueron emitidas a un intermediario radicado en Uruguay, que pertenecía al mismo grupo económico que Maltería Pampa S.A.", precisó hoy la Aduana en un comunicado.

Los analistas de riesgo de la DGA habían considerado "llamativo" el monto documentado por la exportadora en la Argentina, por lo que resolvieron cotejarlo con la valuación registrada para el ingreso de la mercadería a Brasil.

Ese intercambio de información permitió concluir "en forma categórica" que el valor declarado en la Argentina no reflejaba el valor de la transacción, que se valió de la triangulación con el tercer operador "para simular una compraventa inexistente" y así justificar "la diferencia entre los precios registrados en ambos países, que en algunos casos era superior al 26%", remarcó el organismo.

"El objetivo de la refacturación indebida era, por un lado, lograr que Maltería Pampa S.A. liquidara menos divisas de las que le correspondían - con un consecuente impacto sobre las reservas del BCRA - y, por otro, ahuecar la base imponible de las operaciones en nuestro país", agregó.

En ese marco, a pesar de la defensa ejercida por los representantes legales de la firma exportadora, la DGA presentó "suficientes pruebas para encontrar a la firma responsable de presentar declaraciones inexactas", aseguró.

"Habiendo constatado una subfacturación de $320.756.345,59, el tribunal administrativo resolvió, en los términos del artículo 954 del Código Aduanero, aplicar una multa igual al importe de la diferencia detectada", finalizó.