Multas para empresas que tarden más de media hora en atender

El Senado bonaerense aprobó un proyecto de ley por el cual las entidades financieras y empresas prestatarias de servicios públicos tendrán un límite de 30 minutos para atender a sus clientes y, en el caso de exceder ese tiempo, podrán recibir multas y sanciones de entre 5.000 y 50.000 pesos.

La iniciativa del senador Andrés de Leo ahora deberá ser analizada por la Cámara de Diputados. 

A tal efecto, prevé que la reglamentación establecerá los mecanismos tendientes al cumplimiento de la misma. Según el texto, los infractores serán sancionados con multa, cuyo monto será graduado por la autoridad de aplicación de acuerdo con la gravedad de la infracción.

Además, se aclara que en caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la autoridad pertinente.

Los fondos que provengan de infracciones a la ley serán destinados a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

De Leo sostuvo que “la optimización del tiempo es una cuestión que reviste gran importancia en el mundo que nos toca vivir. Siempre hay demasiado por hacer y la sensación de que el tiempo nunca es suficiente”. 

“La iniciativa ya tiene plena aplicación en las provincias de Misiones, Neuquén, Chaco y Ciudad de Buenos Aires, en cuyos estados rige una norma similar a la propuesta, y se fundamenta en el artículo 42 de la Carta Magna, y en los 1097 y 1098 del nuevo Código Civil y el 38 de la Constitución Provincial, que versan sobre los derechos de usuarios y consumidores, y los contratos de consumo”, explicó De Leo.

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