Muy creativos: amigos de Ensenada hicieron un bote con sifones
Se trata de alumnos de primer y segundo año de la Escuela Técnica del Astillero Río Santiago. Se presentaron en un concurso nacional y obtuvieron el primer puesto.
La madre del chico había planteado que su expareja es electricista y tiene un mayor riesgo de contraer coronavirus. La jueza desestimó la causa por falta de pruebas.
27/09/2020 - 00:00hs
La Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata confirmó la resolución de la jueza Karina Bigliardi, quien había desestimado una demanda de la madre de un menor para que se suspenda el contacto de éste con su padre, en el marco del ASPO decretado por el Gobierno nacional.
La causa había iniciado con la presentación de la mujer ante el Juzgado de Familia N° 6 de la capital bonaerense. La misma indicaba que su expareja “continúa desarrollando su actividad laboral como electricista y concurriendo a la Cruz Roja, lo que implica que el niño esté en contacto con aquel luego de que el mismo permaneciera fuera de su casa por varias horas y reunido con terceros”.
Sin embargo, la jueza desestimó el planteo por falta de pruebas. Entonces, la mujer recurrió a la segunda instancia, donde los camaristas Leandro Adrián Banegas y Francisco Agustín Hankovits confirmaron la decisión de la magistrada por el mismo fundamento.
Los magistrados coincidieron con Bigliardi en que su resolución “garantiza la protección del interés superior del niño, en tanto que a la fecha no emana elemento concreto alguno que habilite a resolver de otra manera, salvo lo alegado en relación con el oficio (electricista) del demandado y el lugar donde lo realiza (Cruz Roja)”. Sin embargo, esas cuestiones “resultan insuficientes para suspender el régimen comunicacional paterno filial”, expresaron los jueces.
Además, los magistrados hicieron mención a lo dispuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas e instaron al padre del chico a que “adopte de modo riguroso las medidas sanitizantes preventivas dispuestas por la autoridad nacional, de modo de resguardar de modo efectivo la salud de su hijo”.