Suman medidas de accesibilidad para personas con discapacidad
El Banco Central amplió los requisitos que las entidades financieras tienen que cumplir para mejorar la accesibilidad de los usuarios con discapacidades.
Por medio de una serie de modificaciones normativas, el Banco Central (BCRA) diagramó los requisitos que las entidades financieras deben cumplir a fin de mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad.
En este sentido se extendieron las regulaciones en la materia, incluyendo la adopción de sistemas de accesibilidad en los servicios de homebanking, (sumándose así a los locales físicos y cajeros), y la utilización de la lengua de señas para el personal encargado de atender al público, según recordó el organismo monetario a través de un comunicado.
Cabe destacar que esta ampliación del marco normativo fue llevada adelante por el Banco Central en conjunto con la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).
En este contexto, una de las grandes novedades se trata de la incorporación de sistemas de accesibilidad en los sistemas digitales de los bancos.
Por su parte, las entidades deben disponer de las facilidades necesarias para que las personas con discapacidad puedan llevar adelante una adecuada lectura del contenido en los sistemas de homebanking y banca móvil, mediante, por ejemplo, la opción de utilizar reproductores de texto a voz.
A su vez, las páginas web deberán cumplir con la normativa de accesibilidad vigente de la Oficina Nacional de Tecnología de la Información.
De la misma manera, las comunicaciones, avisos y publicidades que las entidades lleven a cabo, y que incluyan imágenes, tendrán que contar con un texto descriptivo de las mismas.
Asimismo, por otro lado, el nuevo marco normativo del Banco Central promueve la capacitación del personal de atención al público tanto en materia de perspectiva de discapacidad como en lengua de señas. “A efectos de garantizar el acceso en condiciones de igualdad y mediante un trato respetuoso a las personas con discapacidad auditiva y/o del habla”, explicaron.
Además, las entidades tienen que facilitar la atención en sus casas operativas, a través de personal capacitado y/o de videollamadas con equipos de interpretación de lengua de señas.
Todas estas normas se suman a la legislación en la materia que fue implementada anteriormente, que hacía foco en la infraestructura física y atención presencial de los bancos.
Por ejemplo, las entidades bancarias tienen que brindarle atención prioritaria y eximición de filas a las personas con la movilidad reducida o discapacidades motrices, y la opción de obtener en Braille la documentación asociada a los productos que se contraten como los resúmenes de cuenta.
Asimismo, al menos un 10% del total de los cajeros automáticos de cada entidad debe contar con sistemas de accesibilidad para personas con discapacidades visuales, como reproductores texto-a-voz, auriculares, teclados con sistema Braille o estándar con relieve resaltado y sonidos para alertar el olvido de la tarjeta o del dinero dispensado.
Además, en el comunicado se explicó: “La accesibilidad a los puntos de atención (casas operativas y cajeros automáticos) debe respetar características apropiadas que implican, entre otras medidas, la eliminación de escalones, desniveles o cualquier otra clase de obstáculos físicos o la instalación de rampas; el mantenimiento de espacios amplios entre puestos de atención; la incorporación de elementos que orienten o faciliten la circulación”.