Buscan declarar “ciudad” a cinco barrios de La Plata

Un proyecto presentado en el Senado bonaerense impulsa elevar el rango de Tolosa, Los Hornos, City Bell, Villa Elvira y Melchor Romero.

Política

24/10/2024 - 00:00hs

Se presentó un proyecto de ley en la Cámara de Senadores bonaerense para que se declare rango de “ciudad” a los barrios platenses de Tolosa, Los Hornos, City Bell, Villa Elvira y Melchor Romero.

Según fundamenta la iniciativa, cada una de las localidades cumple con los requisitos establecidos en la Ley 10.806 para ser consideradas como ciudades. Además, la propuesta nombra una serie de atributos adicionales como su historia, su idiosincrasia, las vivencias de sus habitantes, sus costumbres y “la solidaridad inquebrantable entre los vecinos”.

El antecedente en La Plata es Villa Elisa, que cuenta desde 1979 con rango de ciudad. En teoría, implica que puede contar con una mayor relevancia y consideración para la realización de obras, el envío de fondos del Estado y la presentación de proyectos, pero esto es algo que en la realidad no ocurre.

El autor del proyecto, Marcelo Leguizamón, explicó que no se trata de otorgarles a dichas localidades su independencia, sino lograr un reconocimiento simbólico: “Es una declaración honorífica para resaltar su historia y su cultura, no significa la autonomía”. Además, ejemplificó que en el distrito bonaerense Malvinas Argentinas todas las localidades tienen rango de ciudad.

Aunque en un primer momento la medida solo iba a alcanzar exclusivamente a Tolosa, teniendo en cuenta que es el más antiguo de los rincones en nuestra región; las investigaciones realizadas permitieron corroborar que otras cuatro localidades de La Plata cumplen con los requisitos que plantea la ley.

A su vez, en el segundo artículo de la norma se detalla que “demográficamente, para ser declarado ciudad, los pueblos o localidades de partidos integrantes del Conurbano Bonaerense o del Gran La Plata, deberán contar con una población no inferior a 30.000 habitantes”.

Por su parte, en el artículo cuarto se indica que para sea ciudad una localidad que debe contar con delegaciones de la Municipalidad, oficina de correos, banco, comisaría, escuelas, salitas de salud y clubes.

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