Buscan endurecer las penas para quienes realicen fiestas clandestinas

La Provincia realiza, en forma conjunta con los municipios, operativos contra las fiestas clandestinas.

La Legislatura de la provincia de Buenos Aires analiza una propuesta que reglamenta con forma de ley la prohibición de las fiestas clandestinas distinguiendo entre la figura del organizador y la del propietario del inmueble que lo facilite para tal fin. Asimismo, establece responsabilidad para ambas figuras respecto del pago de una multa estipulada que será de hasta el 2.000% del sueldo de un agente de seguridad de grado Comando.

El proyecto establece que, en caso de que el organizador fuere menor de edad, se regirá por lo determinado en el Código de Faltas (ley 8.031) y serán solidariamente responsables los padres del menor en cuanto a las sanciones económicas y administrativas.

Este proyecto de la senadora Agustina Propato acompaña y fortalece las medidas adoptadas por el gobernador Axel Kicillof, tendientes a mitigar los efectos de la pandemia y garantizar la atención médica para toda persona que lo necesite. A su vez, establece ­fuertes sanciones para desalentar la organización de fiestas clandestinas en el peor momento sanitario que atraviesa la provincia de ­Buenos Aires.

Además, contempla clausuras y multas de hasta un 2.000% del haber mensual de un agente de seguridad bonaerense y arrestos de hasta 120 días para quienes incumplan. Se detallan las diferentes responsabilidades entre organizadores y propietarios de los espacios destinados para tal fin, como así también a los padres de los menores de edad, que serán solidariamente responsables de violar la normativa.

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