Casación ratificó que no es delito marchar durante la pandemia

El juez Ercolini consideró que la protesta realizada en 2020 por un grupo de abogados fue para ejercer “el derecho a trabajar”.

La denuncia la había realizado Ana Laura Núñez en representación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra empleados y/o funcionarios públicos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

En el escrito se apuntaba que el abogado Juan Pablo Godoy Vélez, entonces secretario judicial de CABA, había convocado a través de los distintos medios televisivos a una marcha para el 1º de junio de 2020 en las escalinatas del Palacio de Justicia.

Los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques declararon inadmisible el planteo de la querella, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y de esta forma quedó firme el fallo de primera instancia del juez federal Julián Ercolini.

Una vez hecha la denuncia, el juez Ercolini consideró que la marcha “fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades ­competentes al efecto, la posibilidad de poder ejercer otro (trabajo) y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente, la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares”.

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