Clases presenciales

Confirmaron el rechazo al pedido del Colegio Patris

Los magistrados de la Cámara Federal de La Plata consideraron que el establecimiento se encuentra en una zona con elevado riesgo epidemiológico, y aclararon que el decreto presidencial se basa en argumentos sanitarios.

La Sala III de la Cámara Federal de La Plata confirmó la resolución del juez Adolfo Ziulú, quien había rechazado el pedido de medida cautelar por parte del Colegio Patris contra el artículo 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 241/2021 que suspendió el dictado de clases presenciales por 15 días.

“El decreto impugnado suministra una explicación técnica: un incremento de los contagios en la franja etaria que corresponde a niños, niñas, adolescentes y jóvenes y un incremento de los pasajeros en el transporte público que lo emplean para llegar a las escuelas”, indicaron los camaristas Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias.

En este sentido, los magistrados de alzada consideraron que el decreto presidencial “no apunta selectivamente hacia las tareas ­educativas, también comprende un conjunto de actividades desde las recreativas hasta las culturales”. Asimismo, con respecto a las “opiniones científicas” argumentadas por los representantes legales de la institución ­educativa, “no puede afirmarse que ellas resulten sin más aplicables a las circunstancias del caso y, en concreto, al contexto sanitario que registra la ciudad en la que funciona el colegio”.

En este marco, los camaristas aclararon que el mencionado DNU se basó en argumentos sanitarios, los cuales “califican de alarmante” la situación de la ciudad de La Plata. “La ubicación geográfica del colegio demandante, las condiciones arquitectónicas de sus instalaciones y la preparación de su personal docente y no docente para el cumplimiento de los protocolos no resultan determinantes porque una de las finalidades legítimas del decreto consiste en reducir la circulación de las personas, objetivo que se frustra si el establecimiento continúa con su actividad habitual”, destacaron Vallefín y Lemos Arias.

Según los fundamentos del Colegio Patris, la modalidad bilingüe y trilingüe de la ­propuesta educativa hacía “imprescindible” que las clases fueran desarrolladas en horarios regulares y bajo una modalidad presencial, las que se llevarían a cabo en cumplimiento de los protocolos necesarios para evitar los contagios.

Esta institución, junto al Colegio Esseri de Gonnet, fueron los que hicieron presentaciones a la Justicia. En respuesta a esto, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires había adelantado que sancionaría a aquellas escuelas que continuaran con las clases presenciales a pesar de estar en vigencia las restricciones dictadas por el DNU presidencial.

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