Eliminan el cobro de Ganancias sobre alquileres y venta de inmuebles

El decreto oficial exime del tributo a ingresos por viviendas y operaciones inmobiliarias desde 2026.

El Gobierno reglamentó cambios en el Impuesto a las Ganancias y confirmó que quedarán exentos los ingresos por alquileres, la venta de inmuebles ubicados en la Argentina y la transferencia de derechos sobre esas propiedades. La medida fue oficializada mediante el Decreto 406 de 2026, firmado por Javier Milei, Manuel Adorni y Luis Caputo, y regirá para los períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2026.

En el caso de los alquileres, el beneficio se mantiene incluso si el contribuyente posee más de una vivienda y también aplica a contratos firmados con anterioridad, siempre que las rentas se devenguen desde el inicio del nuevo período fiscal.

La disposición también incorpora la posibilidad de que personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes en el país como en el exterior, accedan a la exención respecto de los resultados obtenidos por la enajenación de inmuebles y la transferencia de derechos sobre propiedades situadas en la Argentina. La condición es que las operaciones se concreten a partir del 1 de enero de 2026 y estén comprendidas en el artículo 99 de la ley vigente.

De esta manera, el Ejecutivo avanza en la redefinición del alcance del tributo, con impacto directo en el mercado inmobiliario y en los contribuyentes que perciben ingresos por alquileres o ventas de propiedades. La decisión se inscribe en un esquema más amplio de reformas fiscales que busca aliviar la carga impositiva, y reordenar la estructura tributaria en un contexto de fuerte debate económico.

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