La AFIP habilitó la recategorización del monotributo

Los contribuyentes deberán controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para cotejarlos con los nuevos valores.

De acuerdo al comunicado oficial de la AFIP, los contribuyentes inscriptos en el régimen de monotributo tienen tiempo hasta el jueves 20 de enero para cumplir con el primer trámite semestral de recategorización de este año. Para determinar si corresponde o no cambiar de categoría, deben controlar los  Ingresos Brutos de los últimos doce meses y cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que ya se encuentran disponibles en la web oficial.

Tal como señala el organismo, el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización. Los valores máximos de facturación y la obligación mensual de los tres componentes del monotributo (impositivo, de salud y previsional) se incrementaron en 2022 un 26% respecto del segundo semestre de 2021.

Para la categoría A, el tope de facturación quedó establecido en

$466.201 anuales. Para la categoría B el tope es de $693.002, para la C es de $970.003 y para la D es $1.335.604. En tanto, para categoría E se trata de $1.774.006, para la F de $2.005.007, para la G de $2.646.009 y para la categoría H de $3.276.001. Finalmente, para la categoría I el tope es de $3.666.612, para la J de $4.202.114 anual y para la categoría K de $4.662.015 anuales.

En caso de mantener la misma categoría, señala el anuncio, no es necesario realizar ningún trámite. Además, no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el régimen simplificado. En cambio, si el período es entre seis y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización. Asimismo, los monotributistas que hayan abonado en tiempo y forma al menos nueve de las 12 las obligaciones mensuales de 2021 accederán al reintegro (automático, a través de las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas) de un mes del componente impositivo.

Para pagar la cuota, los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente me­dios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar. El pago de las cuotas puede realizarse desde un volante electrónico de pago (VEP), home banking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.

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