Las claves de la Ley de Etiquetado que se tratará hoy en Diputados

Cuáles son los puntos centrales del proyecto de Ley de Etiquetado Frontal, que lleva días de espera -luego de la media sanción en el Senado- y que el Frente de Todos busca convertir en ley.

La Cámara de Diputados volverá a sesionar con presencialidad plena hoy a partir de las 11. Será una sesión especial convocada por Sergio Massa y por pedido del Frente de Todos el pasado viernes.

Al ser una sesión especial, el jefe de bloque del Frente de Todos, Máximo Kirchner, les pidió este lunes a los diputados de Juntos por el Cambio que asistan a la sesión ya que allí, además de la Ley de Etiquetado, se tratarán “leyes para mejorar la vida” de los argentinos. Si JxC no asiste no alcanzará el quorum. La ley ya obtuvo media sanción en el Senado.

Las claves del proyecto

La Ley de Etiquetado Frontal fija pautas para una alimentación saludable y exige que se coloque una serie de sellos en la parte frontal de los envases de alimentos de comercialización masiva.

La advertencia figurará en la cara frontal de los alimentos y bebidas analcohólicas con exceso de azúcares, sodio y grasas. Las etiquetas deberán decir el exceso que contienen. El sello con la información tendrá la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. Estará en la parte frontal de los envases y su tamaño no será nunca inferior al 5% de la superficie.

Estarán exceptuados el azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y la sal común de mesa, aunque en la reglamentación podrían sumarse otros productos.

Si los productos contienen ca-feína o edulcorantes, se añadirán leyendas en las que se prevenga el consumo de niños. Deben decir: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”. En caso de contener cafeína deberá decir: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.

Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan un sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etc.

Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.

Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos o la promesa de entrega de obsequios, premios. También se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito.

Este proyecto promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles. Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas en toda la Argentina.

Los valores máximos de azúcares, grasas y sodio establecido deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos del Sistema Educativo Nacional.

El Estado argentino priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

Se busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas.

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