Pauta oficial: avanza denuncia penal contra Garro por desobediencia judicial

Hace dos meses que la Comuna no asigna publicidad al diario Hoy ni a la Red 92, en clara violación de distintas resoluciones. Nuevas medidas cautelares ordenaron a la Municipalidad ponerle fin a la discriminación

El intendente de La Plata, Julio César Garro, podría ser citado a declaración indagatoria. El jefe comunal fue denunciado por la dirección del diario Hoy y la Red 92 a raíz de haber interrumpido abruptamente hace dos meses la asignación de publicidad oficial, en clara violación de distintas disposiciones judiciales.

Ante la denuncia penal, y tras resolverse cuestiones vinculadas con la competencia, tomaron intervención la titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones nº 1 de nuestra ciudad, Ana Medina, y el juez de Garantías Juan Pablo Masi. La funcionaria del Ministerio Público ya realizó pedidos de informes a la Comuna platense y, según pudo saber este medio, existirían elementos más que suficientes para imputar a Garro.

Entre los distintos informes solicitados, la fiscal Medina requirió copias de las medidas cautelares dictadas a favor de la Red 92 y el diario Hoy (Juzgado Contencioso y Administrativo nº 3, y Tribunal de Familia nº 1) e intimó a las autoridades municipales para que entreguen los Decretos municipales 1.767/2010 y 2.281/2010, como así también “otras normas que regulen el modo de distribución de pauta publicitaria del Municipio”. Cumplido ya este trámite, pudo comprobarse el grado de discrecionalidad y arbitrariedad con el que se maneja la gestión comunal.

Perjuicio

El alcalde platense está acusado, entre otros delitos, de desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ocurre que, al interrumpir abruptamente la asignación publicitaria, violó de manera flagrante una serie de medidas cautelares que tienen plena vigencia y aumentó el daño que ya había ocasionado la Comuna. El intendente desechó todas las posibilidades que le ofrecieron los demandantes (la Red 92 y el diario Hoy) de poder llegar a una solución consensuada y con su intransigencia lo único que está ocasionando es un enorme perjuicio al erario público, que terminará pagando la ciudadanía con sus impuestos.

En agosto de 2017, el Municipio fue condenado por la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo n°4, María Ventura Martínez, al pago de una indemnización en reparación por los daños producidos a raíz de la discriminación publicitaria que sufrió la Red 92 durante siete años. A su vez, se encuentra en trámite, muy cerca del dictado de sentencia definitiva, una causa de similares características, referida al diario Hoy, en el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1. Asimismo, el juez Francisco Terrier, en julio de este año, se expidió sobre la cuestión de fondo y firmó un  fallo haciendo lugar a la pretensión declarativa de certeza promovida por la Red 92. El magistrado consagró “el derecho de la parte actora a recibir publicidad oficial de la Municipalidad, de conformidad a las pautas de asignación de la misma contenidas en los decretos municipales nº 1.767/2010 y 2.281/2010”.

Como si todo esto fuera poco, en las últimas semanas se sumaron dos nuevas medidas cautelares, dictadas por los titulares de los juzgados en lo Contencioso Administrativo n° 1 y n° 3, que se encuentran a cargo de Terrier (quien subroga actualmente al magistrado Luis Federico Arias). 

En definitiva, todos los integrantes del fuero en La Plata dictaron distintas medidas que avalan los reclamos del diario Hoy y la Red 92. La vigencia de las cautelares que fueron dictadas en el año 2010 por Terrier y por el Tribunal de Familia nº 1 de La Plata fue confirmada por todos los estamentos judiciales: Cámara Contencioso Administrativo, Suprema Corte bonaerense y Corte Suprema de la Nación.

Multas por doquier para el Municipio

“Es dable señalar que, entre las partes y hasta tanto se resuelva el recurso de apelación deducido contra la sentencia definitiva de fecha 6/7/2017, lo cierto es que la asignación de pauta publicitaria oficial queda sometida a los términos impuestos por la tutela concedida en los autos principales, en tanto dispuso que la Comuna demandada otorgue una pauta publicitaria no menor al 50% de la que se le asignó en el último año en que recibió publicidad oficial, no correspondiendo a modificar o condicionar lo dispuesto judicialmente”, afirmó el juez Francisco Terrier en su fallo firmado el 30 de octubre de este año. En ese sentido, resolvió “desestimar el pedido de suspensión de plazo formulado por la Municipalidad de La Plata y, en consecuencia, intimar a la demandada a que en el plazo improrrogable de tres días acredite el cumplimiento de la resolución de fecha 17/10/2017 bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones conminatorias”. El plazo fijado por el magistrado ya expiró y el Municipio sigue sin cumplir la orden judicial en lo que se refiere a reintegrar la pauta oficial a la Red 92.

Por otra parte, en cuanto al diario Hoy, desde el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 aplicaron una multa al intendente Garro, basándose en la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Con fecha del 10 de octubre de 2017, el juez Luis Arias resolvió “ordenar, con carácter de medida cautelar, a la Municipalidad de La Plata, a que dentro del plazo de diez días de notificada la presente proceda a restituir al diario Hoy la pauta de publicidad oficial, en igual proporción que la asignada en el mes de julio del corriente año, y hasta tanto se dicte sentencia en autos; ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 163 de la Constitución Provincial, y sin perjuicio de la eventual aplicación de astreintes, a cuyo fin líbrese, previa caución real, oficio al Sr. intendente de la Municipalidad de La Plata”. En tanto, el 26 de octubre, atento a la denuncia de incumplimiento de la cautelar, el magistrado dio un plazo de dos días para acreditar el efectivo cumplimiento de su resolución, “bajo apercibimiento de imposición de astreintes, las que se establecen en la suma de pesos cien mil ($100.000) diarios, que se computarán desde el vencimiento del plazo acordado en el presente despacho y hasta el cese de la renuencia administrativa”. Una vez más, la gestión de Garro desobedeció el mandato judicial.

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