Russo se pronunció en contra del pase de la causa a Comodoro Py

El caballito de batalla de los imputados es que la reunión de la mesa antisindical fue en Capital Federal.

La fiscal Ana Miriam Russo de la Fiscalía Federal 3 rechazó el planteo del exviceministro de Justicia de Vidal, Adrián Grassi, sobre el pase de la causa de la mesa judicial antisindical de La Plata a Comodoro Py.

Ana Russo afirmó en un dictamen de ocho páginas que la reunión podría haber sido en cualquier parte, pero que esta es algo así como un eslabón más de la cadena de hechos que surtieron efecto en la ciudad de La Plata y que atañe a un gremio platense, como es la seccional de la Uocra.

Russo argumentó su decisión anticipando que los “fundamentos basales” que sostienen la postura del rechazo fueron también expuestos cuando realizó el planteo Juan Sebastián De Stéfano, el hombre de los asuntos jurídicos en la AFI de Arribas y Majdalani.

“Atendiendo al curso de la instrucción y a las características del hecho investigado, es menester señalar que tanto por el estado procesal como así también por la gravedad de la calificación asignada, el lugar de resultado de los delitos y las conveniencias procesales, corresponde a la remisión de dicha causa para su acumulación a la presente”, cita el dictamen de la fiscal Grassi.

Allí se añade como argumento que “la maniobra investigada, prima facie, surtió efectos en la ciudad de La Plata y se vinculó con actividades sindicales especialmente relacionadas con el gremio de la construcción (Uocra La Plata), desarrolladas en este ámbito platense”.

Luego se refiere a Grassi y allí dice que “al igual que lo hiciera al solicitar la nulidad de la videofilmación incorporada en autos, realiza a lo largo de su escrito una suerte de asimilación entre la reunión y los delitos que resultan ser objeto procesal de estas actuaciones. De tal modo, evita efectuar consideración alguna relativa a la reunión como tramo dentro de la concertación de voluntades criminales o como momento de coordinación operativa de la asociación ­ilícita”.

Y añade: “Esa reunión lejos está de ser la asociación ilícita (…), es una de las probanzas del acuerdo de voluntades delictuosas llevado a cabo por los asistentes de la misma. Por el contrario, esa concertación criminal excede en mucho a la reunión, tanto en el tiempo como en los efectos”.

“Dicha reunión (del 15 de junio de 2017) podría haber tenido lugar en la ciudad de La Plata, la de Buenos Aires, en el extranjero, o incluso podría haber sido celebrada de manera virtual, y ello no cambiaría el hecho de que es solo un tramo de la asociación ilícita”, señala.

Por lo que al finalizar el dictamen afirma que “la presente causa debe continuar ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal n° 3” de La Plata y le pide al juez que rechace la declinatoria de competencia deducida por la defensa de Grassi.

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