AFIP
Se habilitó la adhesión a la moratoria para monotributistas
La herramienta estaba prevista en la ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy la adhesión a la moratoria para monotributistas, herramienta que estaba prevista en la ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.
El servicio web para tal fin estará disponible en el portal de AFIP hasta el 30 de septiembre próximo, informó el organismo en un comunicado.
La moratoria permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5% para las categorías A a D y en hasta 48 cuotas con 1,50% de interés para las categorías E a K y sujetos no inscriptos en el régimen simplificado.
Los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago de obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021, y para poder adherir a la moratoria deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y CBU de la cuenta bancaria de la que debitará cada una de las cuotas.
Las cuotas a abonar deberán ser de un monto igual o superior a 100 pesos y serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.
Los pasos para adherir a la moratoria son ingresar con clave fiscal al portal Monotributo; seleccionar en “Estado de Cuenta” la opción “Mis Facilidades”; convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar; elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5.034; seleccionar la CBU a utilizar; y consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago.