Senado: se aprobó la suspensión de desalojos de barrios populares por diez años

La reforma de ley que ya había tenido media sanción en Diputados, fue aprobada hoy con 64 votos afirmativos.

El Senado de la Nación aprobó y convirtió en ley un proyecto que impide que, durante los próximos diez años, se puedan llevar a cabo los desalojos judiciales de terrenos en los que se hayan levantado barrios populares.

La iniciativa tuvo 64 votos a favor y uno en contra, ante la presencia de la ministra de Desarrollo Social de la Nación, Victoria Tolosa Paz. El proyecto obtuvo el respaldo del oficialismo y de la oposición. La única que votó en contra fue la macrista cordobesa Carmen Álvarez Rivero.

Esta iniciativa promueve el fortalecimiento del acceso a los servicios públicos, garantizando una tarifa social a aplicarse en todos los conglomerados incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP). 

Asimismo, propone ampliar el alcance de la norma sancionada en 2018 declarando la utilidad pública de 1.176 nuevos barrios, prorrogar la suspensión de los desalojos por diez años como garantía de implementación de la ley y del derecho a la vivienda, y agilizar los procesos administrativos.  

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el oficialista jujeño Guillermo Snopek, defendió el proyecto argumentando que se busca una “ampliación del plazo para darle tranquilidad a los argentinos cuyo futuro pende de una orden de desalojo”.

“De este modo, resguardamos de la incertidumbre a quienes se encuentran en esa situación”, enfatizó el representante del Frente de Todos.

Guadalupe Tagliaferri, de Juntos por el Cambio, destacó que esa política había empezado en el 2016 con el gobierno de Cambiemos. 

El proyecto apunta a declarar la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los barrios populares por el plazo de dos años, garantizar los servicios públicos e incorporar la perspectiva de género como criterio de prioridad para la titularidad de las viviendas.

Además, se incorpora la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano al conjunto de acciones comprendidas dentro de la “integración socio urbana”, definida en el artículo 1 de la ley 27.453.

Se establece que los habitantes de los barrios populares que integran el Renabap tienen derecho a acceder a los servicios públicos con calidad, continuidad y cantidad suficientes, sin discriminación.

La vicejefa del interbloque del Frente de Todos, la mendocina Anabel Fernández Sagasti, destacó que esta “es una ley que surgió de las organizaciones en los barrios” que fue “muy militada, consensuada y luchada en las calles”.

Por su parte, el jefe del bloque radical, Luis Naidenoff, enfatizó que “hay cinco millones de argentinos que viven en vulnerabilidad extrema” e indicó que “esto demuestra lo lejos que se está de alcanzar un piso mínimo de dignidad”.

Todos los niveles de gobierno y organismos intervinientes deberán implementar las medidas adecuadas para asegurar su inclusión y la asequibilidad para, gradualmente, constituirse en usuarios formales de los servicios públicos, debiendo adaptar las normativas para facilitar la realización de tal derecho.

También se declara la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los Barrios Populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana por el plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la presente norma.

Finalmente, se establece que el 75 %, como mínimo, de los fondos del fideicomiso deberán destinarse a la urbanización e integración socio urbana de los asentamientos y Barrios Populares; el desarrollo de infraestructuras necesarias para establecer condiciones en el hábitat y las viviendas; y otros destinos relacionados al acceso a la urbanización, integración socio urbana, la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano y/o regularización dominial.

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