Triple crimen de Romero: condenaron a 29 años de prisión a Exequiel Sanso

Este mediodía la Justicia sentenció al joven por los asesinatos ocurridos a principios del 2020, bajo el repudio de sus familiares.

Este mediodía la Justicia sentenció a 29 años de prisión a Exequiel Omar Horacio Sanso, el joven acusado de asesinar a cuchillazos a sus padres y su sobrina a principios del 2020.

Ante la sentencia de la Justicia, su propia familia sostuvo que “era una injusticia, los jueces no se pusieron en nuestro lugar, se tendrían que replantear si están aptos para hacer justicia y dar una sentencia”. Luego del fallo, los familiares de las víctimas reclamaron ante la Justicia y medios de comunicación la cadena perpetua para el acusado.

A más de dos años del suceso que generó estupor en Melchor Romero y en toda la ciudad, la causa en la que se investigó el triple crimen que conmocionó a nivel nacional. Al momento de cometer el homicidio, el presunto responsable era menor de edad, pero ahora será juzgado por en un tribunal oral del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de La Plata.

El dramático episodio ocurrió durante la tarde del 1 de enero de 2020, luego de los festejos de año nuevo, en una vivienda ubicada en las calles 523 entre 164 y 165, donde los cuerpos de Graciela Holsbak de 60 años, su nieta Alma Monino de 5 y su pareja Raúl Félix Bravo de 54, fueron encontrados con varios cortes profundos en una escena totalmente escalofriante.

En un primer momento no había certezas sobre el responsable de la masacre familiar, aunque pronto se sospechó del hijo de la mujer, quien residía en el mismo domicilio y se había fugado. Algunos días después, el joven iba caminando por la Ruta 2 con destino hacia la Costa Atlántica y al ingresar a una dependencia policial a pedir un vaso de agua, fue reconocido por los efectivos policiales y quedó detenido.

Luego, en el marco de la investigación, el Juzgado de Garantías del Joven 3 de La Plata le dictó la prisión preventiva. En un principio, la causa fue caratulada como “triple homicidio calificado por ensañamiento, alevosía y por el vínculo”, pero el juez interviniente entendió que el caso debe encuadrarse como “homicidio simple” en el caso de Bravo, “homicidio calificado por alevosía” en el caso de Alma y “homicidio calificado por el vínculo” con respecto a Holsbak.

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