Por decreto

ARA San Juan: el Presidente relevó el Secreto de Estado de Macri para que declare

De esta forma, el expresidente podrá declarar en la causa de espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino Ara San Juan.

Tras el pedido del juez federal de Dolores, Martín Bava, finalmente Alberto Fernández firmó el decreto para relevar del Secreto de Estado al expresidente, Mauricio Macri. Cabe destacar que el opositor no pudo declarar por este hecho, en la causa que se investigan las supuestas maniobras de espionaje ilegal sobre los familiares de los tripulantes del submarino Ara San Juan, informaron fuentes judiciales. De esta forma, podrá ir a indagatoria sin ningún tipo de impedimento. 

Bava, le había requerido hoy al presidente, Alberto Fernández, que, "de ser necesario", releve a su antecesor en el cargo, Mauricio Macri, del "deber de confidencialidad" para que pueda declarar en calidad de imputado en la causa. 

El magistrado se dirigió a través de un oficio al presidente Fernández "a fin de requerirle que, de ser necesario, releve al imputado del deber de confidencialidad obrante en la ley 25.520", y señaló en el escrito, al que tuvo acceso Télam, en virtud de un planteo de la defensa de Macri que fuera acompañado por el fiscal Juan Pablo Curi en el marco de la suspendida indagatoria prevista para hoy.

"Se hace saber que esta cuestión se vincula al requerimiento oportunamente cursado a la Agencia Federal de Inteligencia, para que informe si, en tenor del cargo que le cupo al imputado, correspondía relevarlo del deber ya mencionado", señaló el juez federal interino de Dolores en el texto al que accedió esta agencia.

Según consignó el magistrado, "el día 6 de octubre del corriente, la Sra interventora de la AFI expresó que: "la Agencia Federal de Inteligencia -y por lo tanto su dirección- se encuentra supeditada tanto jerárquica como funcionalmente al Presidente de la Nación y a las políticas que fije por imperio legal".

En la misma repuesta, la interventora de la AFI, Cristina Caamaño, señaló que "la normativa vigente coloca en cabeza del Presidente de la Nación la facultad de decidir sobre la autorización de acceso a la información clasificada y solo será el Presidente quien pueda delegar expresamente esa facultad en el funcionario que entienda".  

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