“Días de lawfare al palo”: así describió Kicillof la decisión de la Cámara Federal porteña

El gobernador Axel Kicillof salió al cruce de un fallo de la Cámara Federal porteña, que reabre una causa vinculada a su intervención en ese entonces como director por el Estado en una asamblea del Grupo Clarín.

“¡Días de lawfare al palo! La creatividad no se detiene si el objetivo es difamar. Ahora reabren una causa por mi intervención como director por el Estado. Por más causas que inventen, no van a detener nuestro compromiso con el pueblo”, escribió el gobernador en redes sociales.

Por si no faltaran situaciones “irregulares” en la actuación de la Justicia, el gobernador Axel Kicillof salió al cruce hoy de un fallo de la Cámara Federal porteña integrada por Mariano Llorens y los cuestionados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi (puestos a dedo por el expresidente Mauricio Macri), que reabre una causa de 2013 vinculada a su intervención en ese entonces como director por el Estado en una asamblea del Grupo Clarín.

Cabe recordar que el máximo tribunal impugnó el mecanismo de los traslados de estos dos jueces y estableció que los nombramientos de magistrados solo son válidos si pasan el proceso de selección en el Consejo de la Magistratura, luego su nombre es refrendado por el Poder Ejecutivo para enviarlo al Senado y finalmente allí obtiene la aprobación final, cuestión que ni Bruglia ni Bertuzzi cumplimentaron durante la gestión macrista.

No es llamativo entonces que hoy ordenen reabrir una investigación contra Kicillof, por los incidentes en una asamblea del Grupo Clarín que tuvo lugar en el año 2013 y en la que fue procesado y absuelto en juicio oral y público el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno.

Los hechos se investigan bajo la figura del artículo 160 del Código Penal, que castiga con “prisión de quince días a tres meses” a quien “impidiere materialmente o turbare una reunión lícita, con insultos o amenazas al orador a la institución organizadora del acto”.

“Lo que originariamente se denunció, y lo que en consecuencia debió motivar el desarrollo de estas actuaciones, no fue la posibilidad de que los imputados turbaran el acto desde un actuar puramente individual. Cuando se afirmaba que lo acontecido en la reunión del 25 de abril de 2013 quedaba atraído por la fuerza del artículo 160 del Código Penal, es porque la conducta de los funcionarios –no de uno, sino de los tres– traducía un obrar comunitario destinado a turbar la vida de la empresa”, marcó el tribunal.

“Esa es la senda que debió recorrerse. Superadora de una mirada ceñida al examen particular y aislado de cada intervención, la causa debió avanzar en el camino dirigido a desentrañar, a partir del estudio de los relatos y de las evidencias, si el proceder de Kicillof y de Reposo –cada uno con sus particularidades– constituyó la prolongación del obrar de Moreno”, dijo el tribunal, al revocar un fallo del entonces juez federal Rodolfo Canicoba Corral.

Para los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, de acuerdo a “la entidad de los elementos de prueba existentes y el horizonte de medidas que a partir de ellos puede producirse, advertimos que no es posible avalar la adopción del temperamento conclusivo que ha motivado el recurso”.

Por su parte, el juez Leopoldo Bruglia hizo voto aparte, recomendando que se profundice la investigación.

Noticias Relacionadas