La causa por espionaje a familiares de víctimas del ARA San Juan se tramitará en Dolores

La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó un recurso de queja del fiscal Adler, y por lo tanto deberá transitar por el juzgado en el que ya no está el magistrado Alejo Ramos Padilla y donde se inició la causa con D’Alessio.

La Cámara Federal de Mar del Plata ratificó que la causa en la que se investiga el presunto espionaje por parte del gobierno de Mauricio Macri sobre familiares de los 44 tripulantes muertos en el hundimiento del submarino ARA San Juan debe transitar por el Juzgado Federal de Dolores, en el que ya no está el juez Alejo Ramos Padilla, quien fue trasladado a La Plata.

La Cámara rechazó un recurso de “queja” del fiscal Daniel Adler contra una resolución del 12 de noviembre de 2020, mediante la cual el juez marplatense Santiago Inchausti remitió el expediente a Dolores, para su acumulación con la causa que se inició con el falso abogado Marcelo D’Alessio.

Cabe mencionar que la causa por el espionaje a familiares de las víctimas del ARA San Juan se inició por denuncia de la actual interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Cristina Caamaño, quien halló los reportes sobre los seguimientos ilegales ante un pedido del juez de Dolores en el marco de la investigación sobre el denominado “Proyecto AMBA”.

Ramos Padilla investigaba las actividades de las bases de la AFI en la provincia de Buenos Aires entre 2017 y 2018, y descubrió cómo se espiaba a dirigentes sociales, políticos, eclesiásticos y sindicales en territorio provincial.
Así aparecieron pruebas de tareas de inteligencia sobre familiares del submarino hundido a mediados de noviembre de 2017.

El fiscal Adler reflexionó que “si la interventora de la AFI hubiese realizado la denuncia ante el juez federal de Dolores, habría sacado de la causa al juez natural, el Dr. Inchausti, que era quien estaba en turno al momento de la denuncia respecto de hechos ocurridos en esta ciudad”.

Adler objetó también que el juez Inchausti se desprendió de la causa sin que nadie se lo pidiera, ni el fiscal ni las partes.
Pero la Cámara, en un fallo firmado por los jueces Alejandro Taza y Eduardo Jiménez, sostuvo que esos hechos, que ocurrieron en Mar del Plata, son “un desprendimiento sin orden judicial de los sucesos que tramitan en Dolores, en base a las evidencias obtenidas producto de las órdenes de presentación diligenciadas ante la delegación provincial de Mar del Plata de la AFI”.

El fallo advierte que la remisión del expediente a Dolores no es apelable, en tanto no constituye una sentencia definitiva ni equiparable a tal, ni pone fin a la investigación.
Según la información recopilada por la actual AFI, los familiares de las víctimas del submarino padecieron múltiples hechos de espionaje ilegal.

Los reportes

Algunos de los informes daban cuenta, por ejemplo, de lo siguiente:

• “El 15 de enero de 2018, Malvinas Vallejos (hermana del tripulante del ARA San Juan, Celso Vallejos) se encontraba en la Base Naval de Mar del Plata, en ocasión de celebrarse la misa por cumplirse los dos meses de la desaparición del submarino. Fue seguida por personal de la AFI, fotografiada junto a las demás personas que se encontraban allí, generándose un in­forme y la incorporación tanto de las fotos como del informe al registro de los archivos de inteligencia de la AFI”.

• “Cerca del 10 de febrero de 2018, personal de Inteligencia recabó información sobre Yolanda Mendiola (madre de Leandro Fabián Cisneros, tripulante del ARA San Juan), confeccionando un informe en el que se señala que familiares de tripulantes del submarino intentarían entregar una carta en la residencia del Complejo de Chapadmalal al presidente Macri. (...) En al menos otras ocho ocasiones se efectuaron seguimientos, se obtuvieron fotografías, se confeccionaron y elevaron informes sobre el colectivo general de familiares y allegados de las víctimas, con el objeto de conocer y hacer saber sus actividades, reclamos y movimientos”.

La documentación concluye: “Las acciones no contaron con autorización judicial alguna ni ­fueron justificadas por órdenes de servicio fundadas en razones de seguridad interior, defensa ­nacional, ataques terroristas o necesidad de luchar contra el ­crimen organizado”.

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