La Corte bonaerense y un freno al antisemitismo

“El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos, afirma la resolución.

A través de una resolución, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires adhirió a la utilización de la definición práctica jurídicamente no vinculante de antisemitismo aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (HRA) y adoptada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

En el documento se especifica que “el antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto”.

Por lo tanto, la definición sirve “como guía de aplicación, con la finalidad de contribuir a la lucha de la República Argentina contra el antisemitismo en todas sus formas, colaborar en la construcción de una cultura de prevención de la hostilidad y la violencia a que llevan los prejuicios y la intolerancia”.

Asimismo, busca “promover la educación para la pluralidad y reforzar la tarea de garantizar el cumplimiento del objetivo de la educación, la memoria y la investigación del Holocausto y de sus lecciones para nosotros y las ­generaciones venideras”, se detalla en el documento.

En los fundamentos de la resolución, se considera oportuna y necesaria la adopción de esta definición, manifestando el compromiso de la Suprema Corte de Justicia en la erradicación de cualquier forma de discriminación, incluyendo el antisemitismo.

Noticias Relacionadas