Alberto Fernández anunció un bono de $8.000 para los jubilados
Además, entregó hoy la jubilación 50.000 por el Reconocimiento de Aportes de Tareas de Cuidado y la Jubilación Anticipada número 2.000.
El rechazo fue por unanimidad y le pidió al Congreso sancionar otra regulación.
17/12/2021 - 00:00hs
En la jornada de ayer, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la ley del Congreso que redujo los miembros del Consejo de la Magistratura de 20 a 13 en 2006. Es por eso que encargó al organismo una nueva ley que lo regule y concedió un plazo de 120 días corridos para que se elijan a los nuevos miembros.
Por unanimidad, el máximo tribunal definió, quince años después, que la composición no respeta el “equilibrio” de los sectores que seleccionan, sancionan y eventualmente remueven magistrados. Dispuso, a su vez, que el Congreso cree una normativa que lo regule y el Consejo vuelva a integrarse en 20 si la ley no se sanciona antes del plazo explicado anteriormente.
“Exhortar al Congreso de la Nación para que en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura de la Nación”, dispuso la Corte en el punto dos de la parte resolutiva del fallo. En cuanto al Consejo, los ministros del máximo tribunal concedieron hasta el 14 de abril del 2022 para que “disponga lo necesario para la integración del órgano” y que convoque a los organismos que representan a abogados, jueces y académicos para que elijan a los nuevos miembros.
“Transcurrido dicho plazo sin que se haya completado la integración mencionada, los actos dictados por el Consejo de la Magistratura serán nulos”, ordenó el alto tribunal.
Anticipándose al fallo, el lunes pasado el Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley para ampliar de 13 a 17 el número de integrantes del Consejo de la Magistratura, con el objetivo de alcanzar una “representación más equilibrada” en ese cuerpo, además de incorporar cupo por género.
El proyecto prevé sumar un juez, un abogado y un académico o científico, ninguno de los cuales “pertenece al estamento político”, aclaró la vocera Gabriela Cerruti cuando presentó la iniciativa.
La reforma de 2006 dejó al Consejo con la integración actual de tres jueces; dos abogados; cuatro legisladores de la mayoría; dos de la minoría; un académico; y un representante del Poder Ejecutivo.
La integración a la que se volverá si el Congreso no resuelve una nueva, será la derogada en 2006, la 24.937. Esta disponía que el Consejo estuviera formado por el presidente de la Corte; cuatro jueces; ocho legisladores (cuatro por cada cámara, dos por el oficialismo, uno por la primera minoría y otro por la segunda); cuatro abogados; un representante del Poder Ejecutivo y dos del sector académico.
Precisamente este eventual retorno a la vieja composición es lo que objetó Lorenzetti en su disidencia, al entender que la Ley 24.937, sancionada en 1997, quedó derogada por la reforma de 2006 y ya no es válida.
En el fallo de 55 páginas, última instancia del cuestionamiento original del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, la Corte argumentó que “en su proyección al funcionamiento del Estado, la noción de equilibrio de poder, basado en un sistema de frenos y contrapesos, constituye el principio rector de la teoría de división de poderes sobre la que se afirma el sistema republicano de Gobierno”.
Para los cuatro jueces de la Corte, resultó central la intervención del convencional constituyente menemista César Arias, cuando afirmó que “la idea es lograr una presencia equilibrada, que la designación de los magistrados no sea privativa ni de los legisladores, ni de los miembros del Poder Ejecutivo, ni tampoco de la propia familia judicial”.
Para el máximo tribunal, con la composición actual del cuerpo, no se cumple actualmente ese principio, ya que “hay hegemonía o predominio constitucionalmente vedado si las reglas de integración y funcionamiento del cuerpo arrojan como consecuencia que un estamento pueda imponerse a los otros en las decisiones relevantes”.
El Consejo tiene hoy siete representantes de la política -seis legisladores y un representante del Ejecutivo- y eso le otorga quórum propio y la mayoría absoluta del cuerpo, pudiendo aprobar todo aquello que se proponga, si existe acuerdo entre ellos.