La Corte Suprema revisará la reforma laboral de Milei

La Justicia laboral concedió el recurso extraordinario presentado por el Congreso y mantuvo la suspensión del capítulo laboral del DNU.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo habilitó ayer la vía para que el Gobierno nacional pueda llegar a la Corte Suprema con el recurso extraordinario que presentó contra la medida cautelar conseguida por la CGT, que suspendió de manera provisoria el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación.

La sala de feria, integrada por los jueces Carlos Pose y Alejandro Su­dera, resolvió “conceder el recurso extraordinario con efecto devolutivo” al considerar que el tema es de “gravedad institucional” y amerita la intervención de la Corte Suprema de Justicia.

“Existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación”, expresa uno de los considerandos del fallo de tres hojas.

La decisión de los jueces de conceder el recurso con efecto devolutivo y no con efecto suspensivo hace que las reformas continúen suspendidas hasta tanto resuelva el Tribunal Supremo. Esto significa un revés para el Ejecutivo que, a través de la Procuración del Tesoro, había reclamado que el recurso extraordinario fuera concedido con efectos suspensivos, para que la medida cautelar fuera desactivada.

En cuanto al efecto devolutivo que le dieron a la apelación, los magistrados refieren a que la propia Corte ha calificado a los sujetos trabajadores como un sector “socialmente vulnerable y la entidad accionante”, esto es la CGT, “representa a un vasto sector de la clase activa y acciona en defensa de sus intereses”. Además, hicieron hincapié en “preservar el principio de eficacia de la jurisdicción y permitir la solución de un conflicto que tiene gravedad institucional y que debe ser resuelto pretorianamente para salvaguardar el orden y la paz social”.

A raíz de esta decisión, la Corte Suprema de Justicia intervendrá en el caso aunque seguramente lo haga en febrero, cuando se reanude la actividad judicial, pues, cuando se pronunció sobre el tema, había manifestado que no la trataría durante la feria judicial de enero.

Previo a la resolución de la Corte, es probable que el procurador interino, Eduardo Casal, dictamine sobre la constitucionalidad o no del DNU, aunque el mismo no es vinculante con la decisión de la Corte.

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