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Un fallo en Neuquén declaró ilegal incluir consumos de tarjeta en certificados de saldo deudor de cuenta corriente.
17/11/2025 - 00:00hs
La Cámara de Apelaciones de Neuquén dictó un fallo que limita la operatoria bancaria. La Justicia resolvió que las deudas de tarjeta de crédito no pueden ejecutarse con certificados de saldo deudor.
En la causa “Banco Credicoop c/ Cobian”, el tribunal rechazó el juicio ejecutivo y recordó que la Ley de Tarjetas protege al consumidor, impide capitalizar intereses y habilita al deudor a discutir la causa de la deuda. El fallo refuerza la defensa del usuario frente a prácticas abusivas de las entidades bancarias.