Se trata del cobro mensual que pueden recibir los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa.
El Ministerio de Trabajo prorrogó hasta el 31 de diciembre los vencimientos de las prestaciones por desempleo que se produzcan entre el 1° de agosto y el 30 de noviembre. Se trata del cobro mensual que pueden recibir los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa en el marco de las Leyes 24.013 (Ley de Contrato de Trabajo) y 25.371 (Régimen Nacional de la Construcción).
La asistencia (administrada por Anses) consiste en un bono de entre $7.020 y $11.700 que se establece de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Este se acredita entre 2 y 12 cuotas calculadas según los ingresos del desem-pleado y los meses trabajados con aportes durante los últimos tres años.
La cartera laboral que dirige el ministro Claudio Moroni informó que la medida contempla a las prestaciones cuyos vencimientos fueron prorrogados por Resolución del Ministerio de Trabajo o las de la Secretaría de Empleo.
Esta resolución determinó además que las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo serán mensuales y que el monto será equivalente al 70 por ciento de la prestación original. También indicó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realizará los cruces informáticos necesarios y otros controles a su cargo para determinar el derecho a percibir esas prestaciones.
La Dirección Nacional de Promoción y Protección del Empleo coordinará las acciones necesarias para aplicar la Resolución laboral, y estará facultada para dictar las normas aclaratorias, complementarias, interpretativas y de aplicación para “cumplir los objetivos”, informó finalmente el Ministerio de Trabajo de la Nación en un comunicado oficial.