Rechazan habilitar la feria judicial para tramitar un pedido de amparo

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín

La Cámara Federal de San Martín rechazó habilitar la feria judicial para tramitar la demanda que un geriátrico promovió contra el decreto presidencial que estableció una asignación no remunerativa de 24.000 pesos por única vez para trabajadores del sector privado cuyos haberes netos no superen los 185.859 pesos.

Como ocurrió en primera instancia, la Sala II de la Cámara consideró que el pedido formulado por Geriátricos Renacer SA, con sede en la localidad bonaerense de 25 de Mayo, no estaba dirigido contra una lesión o restricción “inminente” para justificar proseguir la acción de amparo durante el receso de enero.

La demandante había argumentado que se hallaba expuesta a un “mal irreparable”, porque el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 841/2022 tenía como fecha límite de pago el 31 de diciembre de 2022, “vencida la cual, la mora era automática, al igual que las sanciones consecuentes”.

La Sala II de la Cámara afirmó, en cambio, que “las razones de urgencia que determinan la habitación de la feria son solo aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos para cuya tutela se requiere la protección jurisdiccional”.

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