Rechazo judicial a las sociedades anónimas deportivas

El tribunal dejó firme el fallo dictado a fines de enero pasado por el juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto.

La Cámara Federal de San Martín confirmó la medida cautelar que suspendió la parte del DNU 70/23 que autorizaba a los clubes a convertirse en sociedades anónimas deportivas (SAD).

El tribunal dejó firme el fallo dictado a fines de enero pasado por el juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, quien hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Liga de Futbol de Salto Asociación Civil.

El fallo, ahora ratificado, dispuso “la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023”, que establecía el marco para las SAD.

La confirmación de Cámara significa que la medida que puso un freno a las SAD regirá “hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva”.

La Cámara de San Martín, con las firmas de los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Fernández, subrayó que el DNU había justificado que “la República Argentina ha desarrollado un sistema de deporte que debe ser mejorado sustancialmente, ampliando las estructuras organizativas que lo integran”.

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