Reglamentaron la presentación de declaraciones juradas de jueces y fiscales

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires reglamentó ayer la forma en la que los jueces y fiscales deberán presentar sus declaraciones juradas de bienes, que tendrán una parte reservada y otra de acceso público, según la resolución firmada por la totalidad de los integrantes del máximo tribunal provincial

Según el acuerdo 3.880, al que tuvo acceso diario Hoy, la reglamentación se hizo con la participación de la Procuración General, cuyo titular es Julio Conte Grand, luego de que la Corte dispusiera hace un año la creación de una mesa de trabajo para definir los nuevos requisitos que deberán cumplir los magistrados. La resolución establece que se encuentran obligados a presentar declaraciones juradas de sus patrimonios los jueces y funcionarios del Poder Judicial y los peritos oficiales.

La obligación alcanza también a los agentes que, por la naturaleza de sus funciones, “se encuentren sujetos a un especial control, tales los casos de aquellos que intervengan en procedimientos de adquisición de bienes o servicios o su recepción, o que participen en la administración y gestión de bienes del Estado”. 

Un vocero del gobierno bonaerense resaltó que la mandataria provincial, María Eugenia Vidal, mostró su beneplácito ante la decisión de la Suprema Corte. “Es clave, porque cuando Vidal llegó al poder nadie presentaba declaraciones juradas en la Provincia, y dos años después lo hacen todos los poderes del Estado y la Policía. Para nosotros es un gran avance en la transparencia”, agregó la fuente consultada.

La Suprema Corte estableció que el formulario sintético, que será de carácter público, “contendrá una enunciación de los bienes y actividades del obligado, de su cónyuge o conviviente, y de quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental, tutela o curatela, al 31 de diciembre del año inmediato anterior, tanto en el país como en el extranjero, sin contener precisiones que pudieren afectar su derecho a la privacidad o su seguridad”.

Así, se estipula que “el obligado deberá declarar las actividades profesionales que hubiere desempeñado durante los cinco años anteriores a su designación”. Se prevé, además, que las declaraciones juradas de bienes de jueces y fiscales deberán hacerse una vez por año y que si no la cumplen se remitirán los antecedentes a la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia o de la Procuración.

En los fundamentos, la Suprema Corte estableció que “corresponde establecer una reglamentación que ajuste las declaraciones juradas  patrimoniales para los funcionarios y magistrados a tales mandatos, determinando asimismo la publicidad de aquellas actividades y aspectos patrimoniales que pudieran afectar la ética del desempeño público”.

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