Ya rige la Ley de Movilidad Sustentable en la Provincia
El plan busca desarrollar políticas destinadas a garantizar la seguridad vial de los ciclistas y desplegar campañas de concientización y sensibilización con respecto a la necesidad de fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte saludable.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, promulgó la Ley de Movilidad Sustentable impulsada por el senador y vicepresidente primero de la Cámara alta bonaerense, Luis Omar Vivona.
La norma pretende impulsar el uso de la bicicleta como medio de transporte sustentable y seguro, con beneficios para la salud de las personas y el medioambiente, al no emitir contaminación sonora ni residual.
La ley, que contaba hace varias semanas con la aprobación de la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, contempla educación vial para que los ciclistas puedan circular más seguros, espacios exclusivos de circulación, campañas de concientización y sensibilización sobre el uso de la bicicleta como medio de transporte saludable, planificación para la construcción de ciclovías y bicisendas.
Sobre este último punto mencionado, Vivona destacó el rol del ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia, Leonardo Nardini, al apuntar que “el trabajo que viene realizando desde el ministerio va en sintonía con la ley, la construcción de bicisendas y espacios exclusivos para el desarrollo de la actividad de manera segura y ordenada”. Cabe destacar que la normativa incluye a los 135 municipios que conforman el territorio bonaerense.
“El uso de la bicicleta tiene muchos beneficios, entre los cuales podemos destacar que no genera contaminación sonora ni residual, no consume combustibles fósiles, favorece la salud física de los usuarios y ocupa poco espacio en los hogares”, apuntó Vivona. Y resalta el principal objetivo de la flamante ley: “El desarrollo del ciclismo seguro en todo el suelo bonaerense”.
Qué dice la ley
El plan busca desarrollar políticas destinadas a garantizar la seguridad vial de los ciclistas y desplegar campañas de concientización y sensibilización con respecto a la necesidad de fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte saludable.
También promover, en quienes soliciten o renueven su licencia para conducir automotores y/o motocicletas, valores que generen conductas de respeto y seguridad hacia la circulación vial de los ciclistas, e incentivar el uso de la bicicleta como principal medio de transporte.
El Poder Ejecutivo será el que determine la autoridad de aplicación, la que deberá realizar las campañas de concientización, organizar cursos de capacitación, seminarios y acciones de comunicación masiva tendientes a garantizar la seguridad vial de los ciclistas.
Además, tendrá que generar cartografía e información georreferenciada que, al identificar las vías, incluya las redes de ciclovías y bicisendas que se encuentren tanto en rutas y caminos provinciales como en el trazado urbano de los municipios para brindar mayor conocimiento a la hora de circular tanto a ciclistas como al resto de los conductores de vehículos.
Se dispuso, en paralelo, que “toda planificación de obra vial o estructura vial complementaria, existente o a construirse, deberá contar con un estudio de factibilidad de inclusión de ciclovías o bicisendas”.
En ese estudio deberá considerarse la demanda del tránsito en la zona de influencia, la capacidad y la densidad de la vía, y la capacidad de adaptación para el paso seguro de bicicletas.
También se estableció que las dependencias públicas provinciales deberán disponer de lugares para el estacionamiento gratuito de este medio de transporte.