Ratificaron la condena a perpetua para dos motochorros que fusilaron a un policía
Así lo resolvió la Suprema Corte respecto a Jonathan Ibarra y Carlos Carrera. El hecho ocurrió en mayo del 2013 en el barrio de San Carlos.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ratificó la sentencia del Tribunal Criminal n°5 de La Plata, que condenó a prisión perpetua a dos motochorros que asesinaron a balazos al policía Luis Alberto Ramos, cuando intentó impedir un robo al supermercado Xin, ubicado en 133 entre 49 y 50.
Según la investigación, el 4 de mayo de 2013, alrededor de las 11.40, Jonathan Ibarra Valenzuela y Carlos Carrera arribaron a bordo de una motocicleta marca Corven, modelo Hunter, e ingresaron al comercio. “Previo intimidar a la cajera, mediante el uso de un arma de fuego que uno de los sujetos portaba, se apoderaron ilegítimamente del dinero de la recaudación”, indicaron los magistrados.
“Al intentar darse a la fuga, (los malvivientes) advirtieron la presencia de Ramos, efectivo policial que se encontraba uniformado cubriendo la seguridad de la cuadra, razón por la cual para poder concretar la huida y su impunidad, el delincuente armado abrió fuego contra el nombrado alcanzándolo uno de los disparos, tras lo cual ambos individuos escaparon del lugar a bordo del motovehículo en el que habían arribado”, detallaron los jueces. Los mismos agregaron que, de forma casi instantánea, la víctima falleció como consecuencia del disparo.
Plan delictual
De acuerdo con las pruebas que obran en el expediente, “Ibarra fue quien se hizo con el rodado en el que postreramente se dieran a la fuga, mientras su consorte disparaba contra la humanidad de Ramos; circunstancia que como lo evidencian los dichos de la cajera del supermercado asaltado no fue accidental ni sorpresiva sino fruto de un quehacer conjunto”, indicaron los ministros de la Corte, respecto al planteo del abogado de los acusados de que no se trató de un plan para asesinar al policía.
En este sentido, al igual que el Tribunal de Casación, los magistrados indicaron que “el registro fílmico exhibido en el debate muestra a Ibarra salir a la carrera en dirección a la motocicleta, darle arranque y conducirla para emprender la fuga del lugar, en compañía de su consorte, actuando mancomunadamente con Carrera”. Y que el sujeto “se ciñó en todo momento al plan delictual acordado con su consorte para procurar su impunidad, a sabiendas de que implicaba que su camarada disparara contra la víctima y aceptando la seria posibilidad de que acaeciera el resultado devenido, sin mostrar una intencionalidad encaminada a un fin distinto del convenido”, enfatizaron los jueces.