Una ordenanza regula la tenencia de “perros potencialmente peligrosos”

Luego de conocerse la sentencia de 8 años de prisión, del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, contra el propietario de un perro raza Pitbull que mató a un nene de 2 años en Alejandro Korn, el país se hizo eco y abrió un enorme debate sobre los canes de esta raza y otras de similares características. Lo cierto es que en nuestra  ciudad existe una reglamentación vigente que se generó luego de aprobarse una ordenanza sobre la tenencia de estos animales. 

Según pudo averiguar diario Hoy, son considerados perros a priori peligrosos los de raza Rottweiler, Pitbull terrier, Dogo argentino, Staffordshire bull terrier, Mastif, Bullmastif, Doberman, Dogo de Burdeos, Mastín napolitano, presa canario y Akita inu. La ordenanza que regula este tipo de perros es la 9548 y fue aprobada durante el año 2002. “Por su carácter agresivo, potencia de la mandíbula o musculatura pudieren causar la muerte o lesiones graves a las personas u otros animales”, cita la misma. 

Tal cual pudo indagar este medio, el perro potencialmente peligroso, debe estar a cago de un mayor de 18 años que no tenga antecedentes penales ni aproximación a algún tipo de delito. Sin embargo,  quienes cumplen con las características exigidas y quieren tener esta variedad de perros deberán contar con un recinto con paredes y vallas “suficientemente altas y consistentes”. Además se debe señalizar con un cartel que cuenta con un animal peligroso y   en caso de que la instalación tenga rejas, “las mismas no deberán permitir que la boca del animal la atraviese”.

Para circular con el animal, los perros potencialmente peligrosos deben permanecer por la vía pública con una correa no superior a los 2 metros, collar de ahorque y bozal. Por otra parte si no se cumplen con las obligaciones mencionadas, la ordenanza establece multas económicas y hasta se puede decretar la separación del perro de su dueño.  Por último, la legislación explica que “será considerada infracción gravedel dueño o tenedor del perro peligroso, por los daños que este causare a otra persona por negligencia de aquel”.