La Justicia rechazó suspender las fumigaciones con glifosato en el país

La Cámara Federal avaló un fallo de primera instancia; la medida había sido presentada por un fiscal para que no se usen agroquímicos con transgénicos y glifosato

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmaron la resolución de primera instancia que denegó una medida cautelar en el marco de una causa colectiva donde un grupo de ciudadanos demandaron a las provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero y Entre Ríos, el Consejo Federal de Medio Ambiente (CEFEMA), y las empresas Monsanto Argentina, Dow AgroSciences, Nidera, Syngenta, entre otras empresas productoras de agroquímicos solicitando que se suspendan las normas que autorizan el uso de transgénicos en vegetales y animales.

El tribunal consideró que en casos ambientales si bien "la interpretación debe efectuarse desde una moderna concepción de las medidas necesarias para la protección del medio (...) ello no exime de efectuar un balance provisorio respecto de la perspectiva de la ocurrencia de un daño grave e irreversible" y que este supuesto aparece, en la causa, vinculado con el peligro en la demora y la verosimilitud en el derecho, extremos que no se lograron acreditar.

A fines de diciembre de 2016, el fiscal Federal Fabián Canda había pedido el dictado de una medida cautelar que consiste en la suspensión del uso de los paquetes tecnológicos del agronegocio que conllevan semillas transgénicas y los formulados comerciales del agrotóxico Glifosato. La solicitud del fiscal establece la prohibición del uso del Glifosato para fumigaciones aéreas y una zona de protección de 5 kilómetros para las fumigaciones terrestres, en relación a los centros poblados, escuelas, pueblos, casas rurales, ríos, lagunas y pozos de extracción de agua subterránea.