El Gobierno facilita la importación de armas y explosivos

ARCA digitalizó los trámites para importar armas, municiones y pólvora. Para ello, modificó normativa sancionada en la década del '70.

Política

19/11/2025 - 00:00hs

En un nuevo capítulo de la flexibilización del gobierno de Javier Milei para la obtención de armas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) facilitó la importación y exportación de armamento, pólvora y explosivos con trámites digitales. El argumento expresado fue poder brindar “transparencia, digitalización y simplificación” a la tramitación de estas acciones.

Mediante la Resolución General 5789/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo modificó decretos de 1975 y 1983 que regulaban la compra y venta de armas al extranjero. Ahora en más, el Gobierno nacional estableció que estos trámites comiencen a realizarse solo a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea), un sistema que centraliza los procedimientos de comercio internacional.

Hasta el momento, el cumplimiento del proceso establecido para obtener el aval comercial se realizaba de manera presencial ante distintas dependencias. Con el cambio normativo, la totalidad del trámite quedará digitalizada bajo un único canal oficial.

De esta manera, ARCA busca brindar mayor eficiencia a los trámites que regulan el tráfico internacional de este tipo de mercaderías, conforme lo establecido en el Código Aduanero y las disposiciones de la ex Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac).

La incorporación a las armas, municiones y pólvora a la Vucea fue producto de un trabajo conjunto entre la Unidad Ejecutora Especial Temporaria del régimen y las distintas áreas de ARCA, que desarrollaron los mecanismos informáticos necesarios para este intercambio de información.

En el texto oficial, se detalló que los operadores de comercio exterior deberán observar el “Manual de Usuario Externo” que estará disponible en el micrositio de la Vucea en el sitio web oficial de la Agencia.

La nueva reglamentación entrará en vigencia a los 10 días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial, momento a partir del cual los trámites deberán canalizarse obligatoriamente por la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino.

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