Luz verde para privatizar el pago de sueldos públicos

El gobierno derogó cuatro decretos que obligaban al Estado nacional a contratar empresas públicas para, por ejemplo, pagar sueldos.

El Gobierno nacional avanzó este miércoles en su afán de desfinanciar las entidades estatales y abrir a la competitividad de negocios privados. A través del decreto 747/2024, publicado en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei derogó cuatro decretos que obligaban al Estado a contratar servicios de empresas públicas. De esta manera, por ejemplo, se habilita a pagar los sueldos de trabajadores estatales mediante bancos privados o billeteras virtuales.

Hasta el momento, la gestión pública nacional debía comprar pasajes de avión a Aerolíneas Argentina, adquirir combustible a YPF, y utilizar Banco Nación para pagar sueldos y contratar seguros. Sin embargo, según los considerandos del decreto, para la gestión actual las empresas públicas ya no deberán tener “ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga”.

“Que la compulsa de diferentes ofertas para la adquisición de bienes o la prestación de servicios aumenta las posibilidades de obtener aquella que sea más conveniente para satisfacer las necesidades del Estado Nacional”, señala la disposición, cuyos argumentos se basaron en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, promulgado durante las primeras semanas del Gobierno de Javier Milei.

En concreto, el Ejecutivo nacional derogó los decretos 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21, cuatro ordenanzas que establecían la obligatoriedad de utilizar esas empresas estatales en distintas instancias.

El decreto 1187/12 determinaba “la obligación de implementar el pago de haberes al personal de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional mediante el Banco de la Nación Argentina”.

A su vez, la ordenanza 1189/12 establecía que “las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 deben contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales”.

Por su parte, la disposición 1191/12, resolvía “la obligación para las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional de utilizar los servicios de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima, de Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de Optar Sociedad Anónima para la compra de pasajes que requieran para el traslado por vía aérea, tanto dentro como fuera del país, de sus funcionarios, empleados o asesores contratados bajo cualquier modalidad, o de terceros cuyos traslados financiaran”.

El otro decreto eliminado fue el 823/21, que estipulaba “la obligación de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su gestión a través de Nación Seguros S.A. en todas las ramas en que esa institución opera”.

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