El fallo contra los aranceles de Trump golpea el acuerdo con Milei
La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos obliga al Gobierno argentino a recalcular el acuerdo firmado.
La jueza Preska rechazó el pedido de la defensa argentina para suspender el proceso de embargos.
22/02/2026 - 00:00hs
La jueza de Nueva York, Loretta Preska, denegó la solicitud argentina para suspender el proceso de discovery. Se trata del mecanismo por el cual se junta información para listar los posibles activos para embargar en la causa por la expropiación de YPF. Por ese caso, el país tiene una condena en primera instancia por 16.100 millones de dólares.
De esta manera, el Tribunal tomó la decisión en torno de la moción de la República Argentina que solicitaba la suspensión del proceso de descubrimiento posterior a la sentencia y los procedimientos de desacato relacionados. En tanto, continúa la espera de la apelación contra la sentencia definitiva.
La solicitud del Estado argentino había sido en septiembre de 2023, y en noviembre de ese año el Tribunal concedió parcialmente la solicitud de la República. En lugar de la fianza completa de la sentencia tradicionalmente requerida, solo se exigió una garantía alternativa mínima: una prenda sobre la participación accionaria de la República en YPF y sus cuentas por cobrar en virtud del proyecto Yacyretá.
El Tribunal también condicionó la suspensión a que la República solicitara una revisión de apelación acelerada.
Condiciones de suspensión
Según Preska, en lugar de acatar las condiciones de suspensión de la Corte, Argentina volvió a solicitar una exención total de las condiciones de suspensión o una prórroga adicional de 90 días. La alegación fue que la pignoración de los activos identificados requeriría una ley del Congreso Argentino.
Fue denegada bajo el argumento de que, en última instancia, la República no había hecho ningún esfuerzo para satisfacer las condiciones requeridas. Esto es porque el país prefirió en cambio “aprovechar la práctica de moción y la transición de administraciones para eludir sus obligaciones en la sentencia final”, aseguró Preska en el fallo.
Hace dos años, continuando con lo escrito por la juez, Argentina tuvo la oportunidad de obtener una suspensión cumpliendo condiciones que ya se habían reducido drásticamente con respecto a lo que normalmente exigiría la Regla 62(b). Como se negó a hacerlo, no puede ahora presentar su solicitud de suspensión sin garantía como una nueva suspensión dirigida al proceso de descubrimiento posterior a la sentencia.