Xenofobia sanitaria: los “libertarios” pretenden que los extranjeros paguen por la atención médica en los hospitales de la Provincia

El diputado Nahuel Sotelo, que responde al espacio de Espert, presentó un proyecto para que los extranjeros que hacen uso del sistema de salud bonaerense paguen por la atención recibida una vez finalizada.

La muerte de un argentino en tierras bolivianas encendió la llama y el diputado Nahuel Sotelo, que responde al espacio político de José Luis Espert, propone que aquellos extranjeros que reciban atención médica en los hospitales públicos de la provincia de Buenos Aires paguen por el servicio recibido, como si la salud fuera una simple transacción comercial y no un derecho.

Lo que Sotelo elige ignorar es que el derecho a la salud está garantizado no solo en la Constitución de la Nación Argentina, sino también en la Carta Magna bonaerense.

En ese marco, el artículo 20 de la Constitución Nacional indica que “los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano”, y consta en su texto que los foráneos “no están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias”.

Pero además, dentro del articulado de las leyes que rigen el devenir de todos los habitantes de la provincia de Buenos Aires, se marca en su octavo punto que “la Provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos; sostiene el hospital público y gratuito en general, con funciones de asistencia sanitaria, investigación y formación; promueve la educación para la salud; la rehabilitación y la reinserción de las personas tóxicodependientes. El medicamento por su condición de bien social integra el derecho a la salud; la Provincia a los fines de su seguridad, eficacia y disponibilidad asegura, en el ámbito de sus atribuciones, la participación de profesionales competentes en su proceso de producción y comercialización”.

En ambos casos, la palabra “habitante” marca el derecho de todos aquellos que habitan el suelo bonaerense, por lo que cargarlos con una contribución forzosa extraordinaria sería ir contra sus derechos y, por ende, inconstitucional.

El preámbulo de la Carta Magna nacional indica claramente que se busca “asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”, algo que un representante ­legislativo debería entender. No se trata de pagar con la misma moneda, se trata de marcar el camino.

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