Imputado por homicidio, rechazaron el sobreseimiento de Pity Álvarez y suspendieron el juicio

La defensa había pedido la libertad del músico que asesinó a un vecino en 2018, debido a sus afecciones psicológicas. Seguirá internado en un centro de salud mental.

n tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento del músico Cristian “Pity” Álvarez y suspendió el debate oral en el que debía ser juzgado por el crimen de un vecino, cometido en 2018 en el barrio porteño de Villa Lugano. Esto se dio al considerar que en la actualidad no está en condiciones psíquicas de afrontar el proceso, informaron fuentes judiciales.

Los jueces también ordenaron el cese de la prisión preventiva del exlíder de Viejas Locas y dispusieron que de forma transitoria permanezca internado dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, en consonancia con lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal (MPF).

“Teniendo en cuenta los informes médicos, sin perjuicio de las afecciones que afronta Álvarez (...) no permiten aseverar, en la actualidad y de un modo manifiesto, que el nombrado hubiera actuado en estado de inimputabilidad en los sucesos que aquí se le atribuyen”, argumentó en su voto el juez Gustavo Goerner, al que adhirió Maria Maiza, ambos del TOC 29 del que también forma parte Juan Ramos Padilla.

Goerner también señaló que los informes psiquiátrico-psicológicos del cantante estaban debidamente fundados y justifican “su consecuente imposibilidad de afrontar un debate”.

Con respecto al cese de la prisión preventiva planteado por el fiscal, el magistrado señaló que “no resulta constitucionalmente válido mantener el encarcelamiento cautelar de Pity por un tiempo absolutamente indeterminado, dado que no es posible pronosticar, de momento, cuándo podrá encontrarse en condiciones psíquicas de afrontar el juicio oral”.

De esta manera, indicó que la prisión preventiva no puede quedar sujeta a la evolución psiquiátrica del involucrado, y que al suspenderse el proceso penal no corresponde mantenerla.

Por este motivo, dispuso que el músico permanezca internado de forma transitoria en el Prisma, hasta que el magistrado civil disponga su alojamiento y tratamiento en otro establecimiento.

En tanto, Ramos Padilla votó parcialmente en disidencia al plantear “la insuficiencia de la fundamentación de la pericia, su carencia de lógica y hasta su resultado contradictorio respecto de la prueba pericial obtenida con anterioridad”.

La postura del fiscal

La semana pasada, el defensor oficial Javier Marino pidió el sobreseimiento y, por ende, la libertad de Álvarez, sobre la base de un informe del Cuerpo Médico Forense que concluía que las facultades mentales del imputado “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales” y que el “estrés” de un juicio agravaría su condición.

A raíz de ello, el fiscal presentó un dictamen de oposición a dicho pedido y recordó lo dictaminado tanto en octubre de 2018 como en marzo de 2020, cuando se consideró que al momento de los hechos Álvarez (48) pudo comprender la criminalidad de sus acciones.

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