La Anmat prohibió la venta de un aceite de oliva y de un pan dulce
Los alimentos se encuentran falsamente rotulados.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de una marca de pan dulce y otra de aceite de oliva en todo el país.
La medida fue concretada por medio de dos disposiciones publicadas este lunes 6 de febrero en el Boletín Oficial. A través de la Disposición 899/2023, el ente regulador vetó los panes dulces elaborados por la marca Electo SA (con RNE 00030146 y RNPA EXT.4060/00876/94 y RNPA 00045521)
La prohibición abarca a los artículos con cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. “Por carecer de registros sanitarios, mencionar en el rotulado registros inexistentes y por no indicar información obligatoria en su rótulo como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles, resultando ser productos ilegales”.
En tanto, a través de la Disposición 950/2023, la ANMAT prohibió el aceite de oliva extra virgen de la marca Don Mateo (Contenido Neto 1000 cc, Elaborado y Envasado, RNPA 13028651, RNE 12045697, Sierras de Córdoba), en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
De acuerdo al organismo nacional, el mismo carece de registro de establecimiento y de producto; se encuentra falsamente rotulado al exhibir números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser, en consecuencia, un producto ilegal.