Colombia: la Corte Constitucional despenaliza el aborto hasta la semana 24 de gestación

Con la nueva sentencia, la embarazada se puede someter al proceso de aborto a más tardar en la semana 24 de gestación, después de este tiempo sí regirán las penas.

Después de meses de espera y de años de lucha por parte de los movimientos de feministas, este lunes se despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo (hasta las 24 semanas de gestación) en Colombia, un hecho histórico y trascendente para las mujeres de la región. 

Luego de diversas trabas presentadas, la Corte Constitucional resolvió que las mujeres puedan acceder a este derecho en el país sin tener en cuenta sus razones con una única condición: la embarazada no será penada si se somete al proceso de aborto a más tardar en la semana 24 de gestación.

En caso de no cumplirse con este periodo delimitado sí regirán las tres causales establecidas que permiten el acceso al procedimiento pasado el límite de tiempo: violación, malformación del feto o riesgo de salud para la madre.

“La conducta de abortar prevista en el Código Penal solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006″, según la sentencia establecida durante el lunes 21 de febrero. 

El fallo de la Corte Constitucional de Colombia, aprobado por cinco votos contra cuatro, se produce como respuesta a una demanda presentada en 2020 por el movimiento Causa Justa, una coalición de 90 organizaciones, en la que el colectivo exigía el fin de la criminalización del aborto, una práctica penada hasta cuatro años y medio de cárcel, aunque desde 2006 se permitía por las tres causas mencionadas anteriormente. 

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