AFIP actualizó los montos mínimos para informar la venta de autos e inmuebles
Se deberá obtener el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) cuando el precio pactado de la venta o, de existir, su valor según la tabla de valuaciones, para el cálculo de aranceles, el mayor de ellos resulte igual o superior a $10.919.766.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el CETA y el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) para declarar las operaciones de compraventa de automóviles y motos nuevas y usadas y las propiedades inmuebles.
Se deberá obtener el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) cuando el precio pactado de la venta o, de existir, su valor según la tabla de valuaciones, para el cálculo de aranceles, el mayor de ellos resulte igual o superior a $10.919.766.
En el caso de los vehículos y las motos usadas, las operaciones de intermediación y compraventa de vehículos automotores usados deberán ser informadas a partir de los $2.669.276 y las de motovehículos, desde los $1.091.977.