La Corte deberá resolver el reclamo de Kicillof a Milei por jubilaciones

Lo dictaminó la Procuración General de la Nación en el marco de una presentación contra el DNU impulsado por la administración liberal.

La Procuración General de la Nación dictaminó este martes que la Corte Suprema debe intervenir como tribunal único en el reclamo de la Provincia de Buenos Aires contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) por el cual el Gobierno de Javier Milei dejó de transferir los fondos para las jubilaciones bonaerenses.

El pronunciamiento de la procuradora adjunta, Laura Monti, se da en el marco del pedido de medida cautelar que formuló el gobernador Axel Kicillof ante la decisión de Nación de cortar los aportes para la caja provincial, previstos por una ley que se extendió a lo largo de los últimos siete gobiernos.

“La Provincia de Buenos Aires deduce acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia DNU y que, en consecuencia, el Estado Nacional restablezca las transferencias de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses)”, explicó Monti en su decisión.

Los montos que reclaman desde la calle 6 corresponden a “compensación por el déficit del régimen jubilatorio de la Provincia de Buenos Aires no transferido al Estado Nacional”, a valores actualizados. El régimen se implementó a fines de 1999, durante el gobierno de la Alianza, cuando se firmó el “Compromiso Federal” (ratificado por ley) por el cual el Estado nacional “se comprometió a financiar los déficits globales de los sistemas previsionales provinciales no transferidos, con recursos provenientes de rentas generales”.

Desde allí se extendió durante todas las presidencias hasta que el Gobierno de Milei lo interrumpió mediante el DNU que “no se encuentran comprendidos en dicha prórroga” los artículos que determinan el aporte de Nación a la caja jubilatoria provincial.

“Toda vez que la Provincia de Buenos Aires —a quien le corresponde la competencia originaria de la Corte—, demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esta instancia”, opinó la procuradora adjunta. “En tales condiciones, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal”, concluyó Monti.

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