Nuevo rechazo judicial a pedido hecho por Julio de Vido

El detenido exministro de Planificación Federal del kirchnerismo, Julio de Vido, no para de recibir malas noticias por parte de la Justicia. Ayer, la Sala II del Tribunal de Apelaciones de la Cámara Federal porteña rechazó un pedido de su defensa de apartar de la causa que investiga irregularidades en el Yacimiento Carbonífero Río Turbio al fiscal federal Carlos Stornelli.

La queja que había sido presentada por los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro fue dejada de lado por los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah. El recurso pretendía que ese tribunal revisara la decisión del juez de la causa, Luis Rodríguez, quien había negado una recusación presentada contra Stornelli por haber solicitado la detención preventiva de De Vido en la causa.

En su fallo, Irurzun y Farah sostuvieron que “el recurrente no logró acreditar la concurrencia de ninguno de los supuestos de excepción indicados, pues la lectura de los fundamentos permite apreciar que, bajo alegaciones de fundamentación aparente, arbitrariedad y contradicción, la defensa solo revela su disconformidad con el criterio expuesto por el Sr. juez de grado para rechazar la recusación”.

El Tribunal de Apelaciones sostuvo que las decisiones de un juez en cuanto a planteos de recusación de un fiscal no son apelables, salvo excepciones, que no se dieron en este caso. Por ello, no se hizo lugar al recurso de queja y el fiscal quedó ratificado al frente de la causa por Río Turbio.

La causa Río Turbio fue la que disparó el pedido de desafuero y posterior detención del extodopoderoso ministro por parte de Stornelli. De Vido está acusado de ser la cabeza en una maniobra para desviar parte de los 26.000 millones de pesos que el desaparecido Ministerio de Planificación destinó a Yacimientos Carboníferos de Río Turbio (YCRT).

En la causa consta que la maniobra investigada “se compone de una compleja trama de actos con la participación de diversos funcionarios públicos y empleados, cuya actuación conjunta y tras el análisis global permite concluir en su ilegalidad”.

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