¿Cómo funciona el juicio por jurados?

El juez de la Cámara Penal de Morón y presidente de la ONG Puente -que trabaja en temas de la Justicia-, Fernando Bellido, explica la manera en que se implementa un “jurado popular” y las diferentes formas de aplicarlo en las provincias

Desde el primer juicio por jurado, el 10 de marzo de 2015 en la localidad de San Martín, se realizaron a lo largo de la Provincia de Buenos Aires 66 procesos iguales. Sin duda, esto fue mucho más que una mera novedad en el sistema de Justicia, ya que vino a cambiar una tradicional forma de juzgar, pues se incorporaron ciudadanos en un acto trascendental que solo estaba reservado a los jueces. Por sí mismo, esto es un hecho auspicioso, ya que la participación ciudadana mejora las instituciones.

Algunos datos de contexto: un juicio promedio durante el año 2015 costó, además de lo que se gasta en un juicio ordinario, alrededor de 28.219 pesos destinados a dieta diaria, refrigerio e insumos. Su duración media fue de poco más de dos días y el 83% de los casos que se juzgaron fueron homicidios. 

A pesar de ser un mandato constitucional, solo dos provincias, además de Buenos Aires, tienen instaurado el juicio por jurados, Neuquén y Córdoba. El más parecido a la Provincia de Buenos Aires es el de Neuquén. En ambos casos, son doce los jurados populares. 

Hay un dato del que poco se habla públicamente: el resultado de los juicios. De los 66 casos juzgados en nuestra Provincia hubo 33 condenas, 28 absoluciones y cinco casos con condenas y absoluciones parciales. Sin embargo, en Neuquén el porcentaje de condenas oscila el 90% (durante 2014 llegó al 93%). ¿Cuál es la explicación de esa diferencia de casi un 40%? 

En mi opinión, dos factores definen esa desigualdad en los resultados: por un lado, en Buenos Aires quien decide en última instancia qué caso va a jurado es el defensor, mientras que en Neuquén es el fiscal, de acuerdo a la pena que se solicite; por otro, mientras que en Buenos Aires se necesita unanimidad para una condena a prisión perpetua, o diez votos para el resto de los casos, en Neuquén con ocho de doce se logra cualquier condena, incluso la de prisión perpetua. 

Si relacionamos estos dos factores, resulta posible encontrar la respuesta a la diferencia de porcentajes apuntada, ya que al piso mucho más alto para condenar se le suma la selección del caso por parte de la defensa, lo que sin duda integra parte de la estrategia para lograr la persuasión del jurado. Es muy probable que una gran cantidad de casos que los defensores no hayan llevado al jurado, resulten condenados en juicio ordinario con jueces técnicos. 

Seguramente, en algún momento habrá que ajustar algo en nuestra ley provincial, pero es mejor hacerlo con la experiencia de muchos juicios realizados. Sin embargo, lo más importante, y con una mirada a futuro, es que si queremos mejor calidad en los jurados, se deberán incorporar en los programas educativos, y desde la escuela primaria, contenidos obligatorios referidos al tema, porque los chicos de hoy serán los jueces de mañana.

El caso Melina será dirimido por un jurado popular 

Un pai umbanda y otros dos hombres serán sometidos a juicio por jurado popular en los tribunales de San Martín, acusados por el crimen de Melina Romero, la adolescente asesinada en septiembre de 2014 cuando salió de un boliche. Su cadáver fue hallado a la vera de un arroyo en la localidad bonaerense de José León Suárez, informaron fuentes judiciales.

Se trata de César Sánchez (46), conocido como “el pai César”; Elías Fernández (22), alias “El Narigón”, y Joel Fernández (20), alias “Chavito”, quienes llegan a juicio en libertad, acusados del delito de “homicidio agravado por femicidio y por el concurso de dos o más personas”, tras el cual podrían recibir penas de prisión perpetua.

Si bien aún no hay fecha prevista para el inicio del debate, la Justicia ya designó para hacerse cargo del juicio al Tribunal Oral en lo Criminal Nº5 de San Martín, integrado por los jueces María Morgese, Marcel Díaz Cabral y Alfredo Ruíz Paz.

El abogado representante de la familia de Melina Romero, Marcelo Biondi, se mostró confiado en que el tribunal convocará a las partes, antes de fin de año, a la audiencia preliminar en la cual se presentarán las pruebas.

Resultados del sorteo: DNI terminados en 428 y 939

Los ciudadanos cuyos documentos de Identidad finalicen en 428 y 939 están en condiciones de integrar los juicios por jurados en la Provincia de Buenos Aires durante el año 2017.

Ayer se realizó, en la sede del Instituto de Lotería, el tercer sorteo desde que se implementó ese tipo de proceso en el territorio para la confección anual de los listados en los que se incluyen 12.000 ciudadanos bonaerenses con posibilidad de ser jurados.

La cantidad de elegidos está dada por una proporción de una de cada mil personas que entre en la franja etaria de 21 a 75 años, que vivan en la Provincia de Buenos Aires y comprendan el castellano.

Luego quedarán excluidos de los listados definitivos quienes tengan responsabilidades públicas de relevancia (por ejemplo, gobernadores, intendentes, funcionarios políticos o del Poder Judicial), abogados, escribanos, miembros de las fuerzas de seguridad en actividad o retirados. También quedan eximidos quienes padezcan alguna enfermedad física o psíquica que les impida ejercer la función.

La Ley que establece el sistema del juicio por jurados determina que actuará en delitos cuya pena máxima en abstracto exceda los quince años de prisión, reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena.

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