AFIP eleva el monto mínimo de percepción de IVA en ciertos productos
Alimentos, excepto carnes, frutas y hortalizas, bebidas, artículos de higiene y limpieza se verán afectados.
La AFIP ha realizado cambios en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para ciertos productos, incluyendo alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza.
La medida, establecida en la Resolución General 5334/2023, eleva el monto mínimo de operaciones que caen dentro del régimen de percepción de $60 a $3,000.
Este cambio se debe a una solicitud de la Facpce de revisar el importe mínimo de las operaciones.
La fecha de implementación sigue siendo el 1 de abril de 2023, pero ahora el piso de las operaciones comprendidas se ha elevado de $2,000 a $100,000.
Los responsables inscriptos que "adquieran y comercialicen, sin transformación alguna" los productos mencionados son pasibles de este régimen de percepción del IVA.
La RG 5329 implementó el Programa de Monitoreo Fiscal para controlar las declaraciones juradas de los contribuyentes y responsables, y también estableció un régimen de percepción del IVA para los productos mencionados que se realicen entre sujetos responsables inscriptos.